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Contas detecta «consignaciones insuficientes» en el Sergas: «Eran conocidas en el momento de aprobación del presupuesto»

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El Consello de Contas avisa de un «desajuste estructural» en las cuentas del Sergas entre gastos y recursos, de forma que la Xunta recurre a modificaciones presupuestarias «para la cobertura de necesidades con consignaciones insuficientes, pero que eran conocidas en el momento de aprobación del presupuesto».

En un informe de la Conta Xeral del Sergas de 2019 –en el marco de un paquete de estudios publicados este viernes por el órgano fiscalizador–, se observa que la Xunta presupuesta de forma inicial unas partidas no suficientes para el Sergas a sabiendas de que «el gasto sanitario es muy superior».

Esta situación se traduce en que el importe neto de las modificaciones presupuestarias en el ejercicio 2019 alcanzaron los 243 millones, «lo que supone un incremento del presupuesto inicial del 6%» –con un presupuesto inicial de 3.909 millones–. Las obligaciones no reconocidas llegan a 62 millones, «aumentando cerca del 165% respecto al año anterior».

Esas «consignaciones insuficientes» a las que se refiere Contas, de las cuales era conocedora la Xunta al aprobar el presupuesto, se centran, «especialmente», en el gasto farmacéutico y en intereses a pagar. De hecho, el gasto farmacéutico supone 1.244 millones, un 3% más que en el anterior ejercicio, y tiene un peso en el conjunto del organismo del 30%.

También se subraya que se incrementan las redistribuciones de partidas, de las cuales un 65% son de clasificación orgánica, «evidenciado deficiencias en la elaboración de los presupuestos de cada EOXI (área sanitaria)».

El Consello de Contas recuerda que se ha advertido de forma «recurrente» el empleo del fondo de contingencia en el Sergas «supone un elemento distorsionador del presupuesto» porque se aplica para la cobertura de gastos que «tienen carácter previsible». RECOMENDACIONES

Entre las recomendaciones pendientes, apela a que ponga en un marcha un sistema integral de contabilidad –tal y como exige el Plan Xeral de Contabilidade Pública de Galicia–, dado que «continúa sin implantarse».

De tal forma, insta al Gobierno gallego a que «las modificaciones presupuestarias deben reducirse a las estrictamente necesarias para no desvirtuar su carácter excepcional», al tiempo que «debe limitarse el empleo de las redistribuciones».

Asimismo, indica que las fundaciones de investigación vinculadas a los centros sanitarios, que están incluidas en el inventario de entidades del sector público, deben integrarse en el sector público autonómico y tienen que someterse a rendición de cuentas.

Más allá de estas cuestiones, en la Conta Xeral del Sergas de 2019 se refleja que el gasto en ese año de la actividad concertada fue de 205 millones, un 1% menos. Sin embargo, pone el foco sobre que en los conciertos con la privada «se recurre de forma reiterada a las autorizaciones de uso y en la mayor parte de los casos no se acreditan las necesidades urgentes».

Asimismo, el número medio de profesionales que prestó servicio en 2019 fue de 39.817 (+3%), de los cuales 29.615 (74%) eran de atención especializada y 8.560 (21%) de Atención Primaria. Hubo una disminución de 464 efectivos de personal propietario, mientras aumentan en 1.013 los interinos. Las contrataciones temporales de eventuales y sustitutos crecieron en 450 trabajadores.

Por otra parte, el órgano fiscalizado advierte de que la situación financiera de la Fundación 061 «evidencia una necesidad de revisión del modelo de control y seguimiento por parte del Sergas».

ABUSO DE LAS PRÓRROGAS DE CONTRATOS

En otro de los informes que acaba de publicar Contas, se hace un análisis de las contrataciones del Sergas entre 2012 y 2017.

Aquí, se identifica que en la contratación «se emplea de forma sistemática la prórroga por razones de interés público, cuando esta debe tener carácter excepcional».

Y es que «se continuó con la ejecución de la prestación sin soporte contractual en el 59% de los expedientes revisados, lo que supuso un 29% del importe total de la muestra analizada».

Igualmente, las «modificaciones contractuales no están suficientemente motivadas en los expedientes y, en ocasiones, son de tal entidad que podrían calificarse como prestaciones sustancialmente diferentes de las originales y, por tanto, podrían ser objeto de contratación independiente».

Por todo ello, recomienda un análisis «realista y riguroso» de las contrataciones y una planificación «adecuada» de su duración con el fin de «evitar que los contratos se prolonguen sin justificación». También requiere reducir en número e importe y a supuestos «debidamente justificados» las modificaciones contractuales para «evitar desvirtuar la prestación originalmente contratada».

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