InicioECONOMÍAEl TSXG aplica por primera vez en España la discriminación por apariencia...

El TSXG aplica por primera vez en España la discriminación por apariencia de discapacidad para anular un despido

Publicada el


La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia en la que aplica, por primera vez en España, la discriminación por apariencia de discapacidad para anular un despido y condenar a una empresa a la inmediata readmisión de un trabajador, con el abono de los salarios dejados de percibir.

Los magistrados consideran acreditado que un empresario de Ourense vulneró la prohibición de discriminar por apariencia de discapacidad al despedir a un empleado el mismo día que sufrió un accidente laboral, tras haberlo visitado en el hospital y comprobar que, aparentemente, sus lesiones no se curarían a corto plazo.

El trabajador, que conducía una furgoneta de reparto, fue atropellado al cruzar un paso de peatones el 20 de julio de 2020. Debido al accidente, fue trasladado de urgencia al hospital, donde fue visitado por el empresario demandado, quien lo dio de baja en la Seguridad Social ese mismo día.

El TSXG subraya que esa «apariencia razonable de discapacidad» del empleado «la pudo apreciar» el empresario «de propia mano, al acudir al hospital a interesarse por su salud el mismo día del accidente».

La «conexión temporal» entre el atropello, la visita hospitalaria y el despido es «tan fuerte», según subrayan los jueces, «que no cabe ninguna otra conclusión más que asociar causalmente la apariencia de discapacidad con el despido, más si consideramos la ausencia de hechos que pudiesen acreditar una falta de diligencia previa en la prestación de servicios».

La Sala entiende que los hechos objetivos, es decir, el atropello del trabajador por un vehículo que lo lanzó contra la calzada y su traslado de urgencia al hospital, configuran «una apariencia razonable de incapacidad duradera en la persona del trabajador, en el sentido de que sus dolencias no presentaban una perspectiva bien delimitada en cuanto a su finalización a corto plazo o que dicha discapacidad podía prolongarse significativamente antes del restablecimiento de esa persona».

El TSXG recuerda en este fallo pionero en España que la persona es discriminada «por la discapacidad que, en base a una apariencia, el sujeto discriminador cree que tiene, con independencia de que esa persona tenga o no tenga una discapacidad».

últimas noticias

Pleno.-El PSdeG impulsa una declaración por el 25N que apela a penalizar las incidencias en los mecanismos de protección

El Partido Socialista de Galicia impulsa en la Cámara gallega una declaración institucional con...

El Gobierno pacta con sus socios prohibir el cargo del IBI al inquilino y topar el alquiler de habitaciones

Los partidos del Gobierno, PSOE y Sumar, han llegado a un acuerdo con varios...

La Rede Cigus capta 11 millones para contratar a 40 investigadores posdoctorales

La Rede Cigus ha logrado la concesión de un proyecto europeo del programa Marie...

El PP insta a la alcaldesa de A Coruña a regular el sector de la movilidad por el conflicto entre taxistas y VTC

El portavoz municipal del PP en el Ayuntamiento de A Coruña Miguel Lorenzo ha...

MÁS NOTICIAS

Galicia refuerza la cooperación con China para impulsar nuevas oportunidades empresariales

Galicia refuerza la cooperación con China para impulsar nuevas oportunidades empresariales participando en el...

Bruselas anuncia salvaguardas definitivas para importaciones de ferroaleaciones

La Comisión Europea ha anunciado este martes salvaguardas definitivas como la fijación de contingentes...

Juventud defiende una prestación universal de 200 euros por hijo y Hacienda advierte de posibles duplicidades

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una declaración institucional con motivo del...