El Consejo de Ministros ha prorrogado la limitación de entrada a España desde Reino Unido, Brasil y Sudáfrica hasta el próximo 30 de marzo a las 18,00 horas, con el fin de restringir la propagación y el contagio por covid-19.
En concreto, limita los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles, así como los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.
Para el caso del Reino Unido solo podrán realizarse vuelos o desembarco de buques de pasaje a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países.
Por su parte, desde la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas, sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.
Estas restricciones no afectan a los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada ni tampoco al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
Asimismo, el Gobierno contempla otras exenciones relativas a transportes aéreos o marítimos de Estado, servicios de búsqueda y salvamento (SAR), vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia o a los buques que hayan salido de un puerto de Reino Unido antes del inicio de la restricción.