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Los magistrados admiten las causas de recusación que alega el exalcalde de Ourense Manuel Cabezas y decidirá el TSXG

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Los tres magistrados del tribunal llamado a juzgar al exalcalde de Ourense Manuel Cabezas contra los que presentó un escrito de recusación han admitido en un informe las causas que darían pie a este paso, hacia el que la Fiscalía se opone y sobre el que tendrá la decisión final el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Fuentes judiciales han confirmado a Europa Press el paso dado por los tres magistrados y que todas las actuaciones han sido remitidas al TSXG para que decida si acepta o no la recusación. En caso afirmativo, se procedería a designar a otro tribunal para juzgar al exregidor.

La defensa de Manuel Cabezas, el que fuera alcalde de Ourense por el PPdeG entre los años 1995 y 2007, presentó en su día un escrito de recusación contra miembros del tribunal que le juzgará en la conocida como ‘causa del 10 por ciento’ por supuesta malversación y prevaricación en el ámbito urbanístico, cuya imparcialidad pone en duda.

En concreto, el escrito hacía hincapié en que los magistrados Ana del Carmen Blanco, Manuel Cid y Amparo Lomo del Olmo han participado en decisiones durante la fase de instrucción, por lo que la defensa de Cabezas esgrimía dudas acerca de su imparcialidad.

La Fiscalía, por su parte, se opuso a la recusación y alegó que en la Audiencia de Ourense solo hay una Sección Penal.

FISCALÍA PIDE SIETE AÑOS DE CÁRCEL

Precisamente, la Fiscalía pide siete años de prisión y una multa de 1,5 millones de euros para Cabezas por un perjuicio a las arcas públicas municipales de unos 1,65 millones de euros, al no exigir el 10 por ciento del aprovechamiento urbanístico, obligatorio por ley, a un total de 15 proyectos.

También se solicita esta misma pena de cárcel para el que era concejal delegado de Urbanismo entre septiembre de 1999 hasta junio de 2004, Ricardo Campo Labrador. En este caso, la multa asciende a 1,2 millones de euros.

Según el escrito del Ministerio Fiscal, recogido en su día por Europa Press, se explica que en diciembre de 1994, el pleno municipal aprobó una propuesta que suponía «la no exigencia del 10 por ciento del aprovechamiento urbanístico municipal en los polígonos de suelo urbano no consolidado». En 1997 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Ley del suelo y en el año 1998 la Ley sobre régimen del suelo que recogía expresamente el 10 por ciento del aprovechamiento.

«No obstante, (…) a sabiendas de la de la inaplicación del acuerdo aprobado en el pleno del 15 de diciembre de 1994, sin modificar el mismo siendo nulo de pleno derecho», señala la Fiscalía en relación a Manuel Cabezas y Ricardo Campo Labrador, «aprovecharon los cargos públicos que ostentaban, guiados, ambos acusados, por un ánimo de enriquecimiento injusto, con el fin de convertir el patrimonio municipal en beneficios privados».

Así pues, añade que, entre los años 1997 y 2002, aprobaron 15 proyectos de compensación, en suelo urbano no consolidado, «sin exigir la cesión del 10 por ciento», pese a ser «preceptiva». En el escrito fiscal se enumeran los 15 proyectos en los que no se exigió el 10 por ciento con cuantías que suman unos 1,65 millones de euros y que van desde los 21.022 euros hasta los casi 700.000 euros.

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