El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ourense ha desestimado un recurso del sindicato CSIF contra un decreto de 2019 por el que el Ayuntamiento de la ciudad creó el puesto de director general de Recursos Humanos.
Según figura en la sentencia, fechada a este jueves 14 de enero y recogida por Europa Press, la organización alegaba que el decreto era nulo porque para la creación de este puesto era necesaria «la modificación del anexo de personal» en los presupuestos municipales –en aquel momento, prorrogados desde 2014–.
Además, CSIF creía que esto vulneraba la negociación colectiva «obligatoria» como «requisito previo a la modificación y aprobación de la plantilla».
Sin embargo, tanto el gobierno local como el codemandado justificaban que la creación del puesto se hizo por «el órgano competente y conforme al procedimiento establecido», además de que es una «figura distinta a la del empleado público», por lo que «no requiere» la modificación del anexo del personal en los presupuestos.
Otro de los argumentos esgrimidos por el CSIF hacía referencia a que el decreto, como disposición particular, iba en contra de la relación de puestos de trabajo (RTP) del Ayuntamiento, de la que decía que tiene «carácter general».
Sin embargo, el juzgado da la razón al Ayuntamiento al desmentir que la RTP tenga tal carácter, sino que es un mero «acto administrativo» de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo.
Por todo ello, finalmente el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ourense ha desestimado el recurso del CSIF en un fallo contra el que el sindicato todavía puede interponer recurso de apelación en un plazo de 15 días.