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Alcoa recurre al Tribunal Supremo la anulación del ERE en la planta de San Cibrao

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Alcoa ha iniciado el procedimiento para recurrir al Tribunal Supremo (TS) la reciente sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que anula el despido colectivo de más de 500 trabajadores de la planta de aluminio de San Cibrao, en el municipio de Cervo (Lugo).

En un comunicado, la compañía apunta que espera que el Supremo concluirá que actuó «de buena fe» durante el periodo de consultas del Expendiente de Regulación de Empleo (ERE) con los representantes de los trabajadores. «Lo llevamos a cabo de manera justa y conforme con los requisitos legales», asegura.

En este sentido, defiende que la decisión del ERE se tomó «tras un largo periodo de consultas acerca de los importantes y permanentes problemas estructurales que hacen que la planta de aluminio de San Cibrao no sea competitiva».

De hecho, Alcoa afirma que «estas dificultades persisten e incluyen la falta de un marco energético competitivo».

A este respecto, critica el estatuto para empresas electrointensivas recientemente aprobado por el Gobierno, dado que «no garantizará un precio competitivo de la energía ni resolverá las pérdidas financieras recurrentes de la planta de aluminio».

Además, fuentes de la compañía trasladan a Europa Press que «el marco energético español está lejos de proporcionar un precio competitivo para las industrias electrointensivas».

A esto se une que «la mala situación financiera de la planta de aluminio se ha agravado por la huelga de los trabajadores que dura ya cerca de tres meses». Una cuestión que «está teniendo un efecto muy negativo en la planta de alúmina».

SENTENCIA

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) decretó nulo el ERE de Alcoa al apreciar «mala fe» en las negociaciones por parte de la empresa, cuyo «fin único y primordial» era «apagar las cubas y cerrar la fábrica de la manera más rentable posible».

El TSXG condena a la empresa a reincorporar a los empleados afectados a su puesto de trabajo y a pagarles los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta su efectiva readmisión.

El alto tribunal acogió la demanda de los sindicatos CC.OO., CIG y UGT frente al despido colectivo presentado por la multinacional del aluminio.

La sala aprecia «mala fe» en las negociaciones por parte de la empresa al asegurar que su posición sobre los despidos y sus compensaciones «no varió nada» desde su propuesta inicial.

Concluyen los magistrados que la intención de la compañía es «paralizar las cubas electrolíticas de la fábrica para su posterior cierre» y entienden que con la oferta del ERE que realizó al comité pretendía «vestir lo mismo, pero de una manera diferente».

Así, destacan que ese ERE «no privaría a la empresa de la posibilidad de extinguir los contratos de trabajo una vez terminada su vigencia».

Los jueces consideran «sumamente significativo» el número de trabajadores afectados por los despidos, puesto que su porcentaje «se aproxima, sin superarlo, a aquel que, según las normas regulatorias, le permite a la empresa consolidar las ayudas recibidas de las administraciones públicas sin tener que devolverlas y, a la vez, sin impedirle el cierre de las cubas».

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