La Audiencia de Lugo, en aplicación de la Ley de solo sí es sí, ha rebajado en un año la condena a 8 años de prisión un hombre que agredió sexualmente a otro que había conocido a través de una aplicación de citas.
En el auto, los magistrados explican que, teniendo en cuenta el criterio aplicado en la sentencia, en la que se le impuso un año menos del comienzo de la mitad superior, y tomando la nueva regulación para el mismo delito, «la mitad superior comenzaría en ocho años», por lo que entiende que «la pena a imponer debe quedar en siete años de prisión, esto es, un año menos de la horquilla (de 8 a 12 años) que marcaría el comienzo de la mitad superior».
Por otra parte, la Audiencia Provincial de Lugo ha rechazado, por no resultar más favorable al reo, la revisión de una sentencia en la que se condenó a 11 años de cárcel al autor de un delito continuado de agresión sexual, en concurso medial con un delito de allanamiento de morada.
En concreto, el tribunal explica en el auto que la petición del condenado «no puede ser admitida» porque si bien «el arco penológico conforme a la nueva regulación comprende de los 4 a los 12 años, inferior a la anterior», en el presente caso concurre el tipo agravado, por haber sido la agredida su pareja, por lo que el rango penológico se inicia en los 7 años, hasta los 15.
Además, advierte que, en todo caso, «operaría la continuidad delictiva que se establece en la sentencia, lo que obliga a la imposición en su mitad superior, lo que supondría una pena mínima de 11 años, sin perjuicio del concurso con el allanamiento y los delitos que conforme al artículo 194 bis de la nueva regulación pudiesen imponerse relativos a las amenazas, lo que implica que en modo alguno puede estimarse como más favorable la nueva regulación.
MÁS DE 50 REBAJAS DE CONDENAS
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, las audiencias provinciales gallegas y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia han revisado y emitido al menos 110 decisiones –tanto revisiones de penas ya impuestas como recursos– referidas a condenas.
De ellas, al menos 54 han supuesto una rebaja de la pena de los delincuentes, mientras que en el resto de ocasiones, ha sido mantenida la condena porque la Ley del ‘solo sí es sí’ supondría que el juicio se saldaría con una pena igual o mayor que en la que se puso en su momento, todo según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).