La Audiencia de Pontevedra ha ratificado la decisión de un Juzgado de Lalín (Pontevedra) de septiembre de 2020 por la cual el Banco Santander tendrá que devolver 360.000 euros a una mujer por unas participaciones preferentes heredadas.
Las preferentes habían sido compradas en 2009, cuando la entidad aún era Banco Pastor, por los progenitores de la mujer, que murieron en 2010 y 2012, respectivamente.
El juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Lalín acordó la devolución de 295.000 euros más impuestos a esta mujer, que estaba en riesgo de exclusión social, según destaca el despacho de abogados de Xoán Antón Pérez-Lema, que llevó el caso.
La sentencia la acaba de confirmar la Audiencia, en un auto de principios de febrero, al entender que el banco no cumplió con «la obligación de asesorar al cliente de forma adecuada, clara y comprensible sobre los riesgos de la operación».
«El error esencial del padre continúa cuando las herederas aceptan el canje por los bonos subordinados. Ellas nunca adquieren el conocimiento de las características esenciales de estos productos de altísimo riesgo», destaca el despacho.