La Audiencia de Huesca ha condenado a a penas de prisión a los tres procesados por la muerte de Naiara, de 8 años de edad, ocurrida en la localidad de Sabiñánigo (Huesca) en 2017, tras ser humillada, torturada y golpeada. La resolución judicial ha declarado a Iván Pardo Pena, el principal acusado y tiastro de la pequeña, autor de dos delitos: uno de asesinato con las circunstancias agravantes de alevosía y minoría de edad de la víctima, por lo que ha sido condenado a la pena de prisión permanente revisable, y a una pena de 2 años de prisión por un delito de malos tratos habituales en el ámbito familiar.
Los otros dos acusados, Nieves Pena y Carlos José Pardo Pena, madre y hermano respectivamente de Iván Pardo y, por tanto, abuelastra y padrastro de la niña, han sido condenados a dos años de cárcel cada uno de ellos como autores de un delito de malos tratos habituales en el ámbito familiar, siendo absueltos del delito de asesinato que les imputaba la acusación particular.
En el caso de Iván, natural de Lugo, a las penas de cárcel por el delito de asesinato se suman, una medida de libertad vigilada, la prohibición de comunicación y aproximación a los padres de Naiara y la prohibición de residir en la localidad de Sabiñánigo. Cada una de estas penas con una duración de 10 años a contar desde el momento en que hayan finalizado las penas privativas de libertad impuestas.
En concepto de responsabilidad civil Iván deberá indemnizar a la madre de Naiara, Mariela, con 120.000 euros, y al padre, Manuel Adolfo con 30.000 euros.
Los procesados Nieves Pena y Carlos José Pardo, suman a la penas privativas de libertad, la prohibición de aproximarse a los padres de Naiara durante tres años.
HECHOS PROBADOS
Naiara vivía con su madre, Mariela, y su padrastro Carlos José, y sus hermanas en Sabiñánigo. Durante dos semanas, la niña estuvo en casa de Iván y Nieves, con la finalidad de corregir su conducta y su carácter, y «donde le obligaron a permanecer de rodillas sobre ortigas, grava, granos de arroz o sal gruesa, le golpearon en brazos, piernas, espalda y cabeza, le privaron del sueño para hacer los deberes y estudiar, y le humillaron colocándole una diadema con orejas de burro sobre la cabeza y le colocaron pañales, a la vez que le grababan con los móviles y lo transmitían a otros miembros de la familia».
El día 6 de julio de 2017, «una vez se hubo marchado Nieves Pena de su domicilio a trabajar, cuando Iván regresó de su trabajo se puso a supervisar los estudios de Naiara y, al no encontrarlos satisfactorios para él, le golpeó repetidamente en la cabeza con los nudillos de su mano y le forzó a permanecer de rodillas sobrepiedras de grava», se indica en la sentencia.
Iván, tras someter a la niña a varias torturas, también golpeó a Naiara «con los puños en cara boca y nariz, y patadas con botas con puntera de acero; la levantó y con fuerza la tiró y golpeó en varias ocasiones contra el suelo y contra una mesa, a resultas de lo cualquedó inconsciente».
El acusado intentó reanimarla pero no avisó a los servicios deurgencias e impidió que lo hicieran las menores que estaban en el mismo domicilio, hasta tiempo después, cuando la menor entró en parada cardiorrespiratoria.
Finalmente, Naiara fue atendida por los servicios de urgencias de una parada cardiorespiratoria, y después ante la gravedad de su estado fue trasladada en helicóptero al Hospital Miguel Servet de Zaragoza.
El día 7 de se produjo el fallecimiento de Naiara, «debido a un traumatismo craneoencefálico severo, consecuencia de contusiones repetidas de la cabeza contra una superficie dura y plana, habiendoproducido el fallecimiento por muerte encefálica».
El acusado, según se afirma en el texto de la sentencia, quería causar la muerte de la menor con los golpes que le dio en la cabeza, en cuyo cuerpo se encontraron hasta 56 lesiones externas repartidas por todo el cuerpo de Naiara.
Nieves «conocía de primera mano estos castigos puesto que Naiara vivía en su casa, y participaba propinándole golpes con las manos», y Carlos José «estaba al corriente de dichos malos tratos».
Asimismo, destaca la sentencia que «los castigos corporales impuestos a Naiara responden a una forma de entender la educación trasnochada, ampliamente superada, desproporcionada e injusta. Cuando ocurrieron los hechos enjuiciados había terminado el curso escolar, la menor había superado los exámenes, por lo que no era indispensable en ese momento la recuperación y mejora en las materias escolares».