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El Defensor del Pueblo avisa de que la ley no ampara agitación, dolor o sufrimiento en la ‘Rapa das Bestas’

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El Defensor del Pueblo considera que la tradición gallega conocida como Rapa das Bestas no ampara la agitación, el dolor o el sufrimiento de los caballos salvajes de los montes gallegos y tras la muerte de algunos ejemplares ha iniciado varias actuaciones de oficio por maltrato animal.

Precisamente, la Asociación A Rapa das Bestas de Sabucedo (Pontevedra) anunció este martes que ha decidido aplazar por motivos sanitarios la edición de 2020, que estaba prevista que se celebrase entre el 3 y el 6 de julio, pero consultará a los vecinos de la parroquia si puede retomarse los días 15 y 16 de agosto.

El informe anual de la actividad del Defensor del Pueblo 2019 señala que el objetivo de la explotación de estos caballos en libertad es el aprovechamiento de los recursos naturales de más difícil acceso, la protección y limpieza de los montes, y la obtención de un rendimiento económico.

El Defensor ha abierto una actuación tras la muerte de cuatro caballos garranos en Oia (Pontevedra) que protagonizaron una ‘rapa das bestas’, una tradición en la que los équidos son conducidos, agrupados y llevados a un recinto para cortarles las crines y desparasitarlos y extraer ejemplares para su comercialización o autoconsumo.

Para la institución, estos animales son «de producción», por lo que les son aplicables las normas de protección y bienestar animal. Por lo tanto, recuerda a las administraciones que adopten las medidas necesarias para asegurar que «no padezcan dolores o sufrimientos inútiles» y que tengan en cuenta su especie y grado de desarrollo, su adaptación y domesticación así como sus necesidades fisiológicas y etológicas.

Del mismo modo, respecto al sacrificio animal recuerda que las instalaciones y los equipos de los mataderos y su funcionamiento evitarán la «agitación, dolor o sufrimiento innecesarios».

Asimismo, insiste en que el sacrificio de animales fuera de mataderos se hará solo «en los supuestos previstos» en cada caso y de acuerdo con los requisitos fijados por esta, a excepción de los sacrificios de animales llevados a cabo por veterinarios con fines diagnósticos.

Por tanto, subraya que la ley «no ampara conductas que produzcan agitación, dolor o sufrimiento innecesarios a los animales de producción, ni el sacrificio de animales fuera de los mataderos salvo que una norma lo prevea».

Sin embargo, estos cuatro caballos sufrieron según el Seprona unos «brutales golpes» por los que murieron, aunque no se ha podido identificar al presunto responsable de esta conducta tipificada como «muy grave».

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