Un total de dos personas podrán desplazarse dentro del municipio en el que residan o a otro adyacente para realizar labores en fincas de autoconsumo si así se necesita por el tipo de cultivos y trabajados a realizar.
Así lo ha detallado la Consellería do Medio Rural, que ha informado de que el Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este martes una orden para coordinar las cuestiones relativas a los desplazamientos de agricultores no profesionales de acuerdo con la norma del 30 de abril del Ministerio de Sanidad.
En concreto, según lo publicado por el ministerio, los trabajos se realizarán de forma individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada. Con todo, será siempre por un tiempo indispensable y debiendo en todo momento respectar las distancias de seguridad y demás protocolos de prevención establecidos por las autoridades sanitarias.
Al respecto, según el tipo de cultivo o labores que se deban llevar a cabo, ahora la Xunta señala que se podrán desplazar hasta dos personas. En todo caso, también indica que será por el tiempo mínimo e imprescindible, y respectando las distancias de seguridad y demás protocolos de prevención establecidos por la autoridad sanitaria.
La Administración autonómica explica que la necesidad de desplazamiento deberá realizarse en una declaración responsable que se deberá llevar consigo. En este documento, se deberán incluir las fincas en las que se llevan a cabo los cultivos o los cuidados de las viñas, incluyendo la identificación de la parcela así como el tipo de cultivos que se realiza. De este modo, podrá realizar las oportunas comprobaciones, controles e inspecciones para verificar el contenido.
TRABAJOS A REALIZAR
El departamento autonómico ha precisado que se podrán seguir efectuando desplazamientos para la realización de los trabajos necesarios de atención y de mantenimiento de los cultivos y los viñedos. Además, podrán acreditar su condición de profesionales con su inscripción en el Rexistro de Explotacións Agrarias de Galicia (Reaga).
La Xunta ha asegurado que el tiempo transcurrido entre la primera declaración del estado de alarma y la propia evolución de la emergencia sanitaria permiten modificar alguna de las medidas contempladas en la orden publicada el 24 de marzo y, concretamente, aquellas cuya incidencia no redunde en una alteración sustancial de la motivación última de la propia orden.