El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha absuelto a un hombre condenado inicialmente por la Audiencia Provincial de Lugo a dos años y tres meses de prisión por tráfico de drogas. En el fallo, alega que los testimonios recabados no permiten acreditar sin género de dudas el intercambio de droga y que, por tanto, prevalece el principio ‘in dubio pro reo’.
En particular, alude a la declaración del hombre al que el condenado habría vendido la droga: «Su declaración ha proporcionado una explicación alternativa de descargo, concreta y verosímil. Explicó por qué acudió al bar y por qué saludó allí al acusado, negó que éste le hubiese entregado la droga y afirmó que la sustancia intervenida ya se encontraba en su poder desde días antes y estaba destinada a su propio consumo».
Aunque un agente declaró haber visto que se habían pasado un pequeño objeto entre ellos, el fallo del TSXG dice que la droga hallada posteriormente en poder del testigo y su declaración no permiten determinar, sin género de dudas, si fue el procesado o no quien se la vendió, por lo que se debe optar por la versión más favorable al reo.
Con ello, absuelve al procesado y anula la condena de dos años y tres meses de prisión.

