La Agencia Estatal de Seguridad Aérea ha emitido una exención para el término municipal de Vigo que permite evitar, en determinadas zonas y bajo condiciones concretas, la solicitud del acuerdo previo de la Aesa para ejecutar construcciones, instalaciones o plantaciones.
Las servidumbres aeronáuticas en España delimitan la zona de protección alrededor de aeropuertos, helipuertos e instalaciones radioeléctricas con el fin de garantizar la seguridad de las operaciones aéreas.
En el caso de Vigo, el estudio técnico realizado concluye que determinadas actuaciones dentro del término municipal no comprometen la seguridad de las operaciones aéreas ni el funcionamiento de las instalaciones radioeléctricas. Esta exención no implica una reducción de las exigencias de seguridad, sino una aplicación más eficiente de la normativa.
La exención, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es aplicable en las zonas delimitadas como exentas y siempre que se respeten las condiciones fijadas en la resolución.
Entre ellas, se establece que la altura máxima no podrá exceder de 45 metros sobre el terreno o agua circundante, incluidos todos los elementos añadidos. Quedan excluidas de esta exención las instalaciones que, por su naturaleza, puedan suponer un riesgo para la seguridad aérea, como focos de atracción de fauna, instalaciones que generen humos o polvo o aquellas susceptibles de producir deslumbramientos.
Esta medida se enmarca en el plan de exenciones de servidumbres aeronáuticas impulsado por Aesa, cuyo objetivo es agilizar los procedimientos administrativos en municipios situados bajo servidumbres aeronáuticas, contribuir a mejorar la coordinación entre administraciones y reducir las cargas administrativas, tanto para las entidades locales como para la Agencia.

