La Audiencia Provincial de A Coruña a absuelto una acusada de un delito contra la salud pública que había sido detenida tras ser interceptada en una furgoneta en la que portaba 7,4385 gramos de cocaína pura, pequeñas cantidades de metanfetamina, resina de cannabis y cannabis, además de una báscula y efectivo.
En un fallo con fecha del 22 de julio y del que ha informado este martes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la Sala, tras valorar la prueba practicada en el juicio y la doctrina sobre la prueba indiciaria, considera que no existe convicción fundada sobre la finalidad de tráfico, pues «la cantidad de cocaína ocupada entraría dentro del baremo establecido para poder inferir el autoconsumo» y del resto de sustancias tóxicas portaba «escasa cantidad, a los efectos de presumir una intención de traficar».
Entre dichos indicios, según consta en la sentencia, se encuentran la ausencia de antecedentes que acrediten dedicación a la venta, la falta de prueba directa de intercambio de droga o compradores identificados, así como la no acreditación de instrumentos claramente destinados al reparto, los cuales impiden una inferencia razonable y unívoca de la voluntad de difundir a terceros.
Por tanto, los magistrados concluyen que la presunción de inocencia debe prevalecer, ya que no resulta acreditado el elemento subjetivo del delito. En consecuencia, absuelven a la acusada del delito contra la salud pública. La sentencia no es firme, pues cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSXG.
Por otra parte, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía contra la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que condenó a siete años de cárcel a dos acusados de transportar tres kilos de cocaína entre Madrid y A Coruña, de forma que la revoca parcialmente para decretar el comiso de las cantidades de efectivo intervenidas a los acusados –230 y 250 euros–.

