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El alcalde de Verín podrá optar a la reelección en mayo mientras el Supremo delibera sobre el recurso por su condena

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El alcalde de Verín (Ourense), Gerardo Seoane, podría repetir como candidato socialista en las municipales del 23 de mayo del próximo año si el Tribunal Supremo no concluye antes su deliberación sobre el recurso que el regidor ya anunció que presentará contra la sentencia que lo condena a dos años de prisión por un delito contra la ordenación del territorio.

Según han confirmado a Europa Press fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), independientemente de que el Supremo avale la tesis del regidor u opte por secundar la condena impuesta por la Audiencia Provincial y ratificada por el alto tribunal gallego, la ejecución de la sentencia se llevará a cabo cuando la misma sea firme.

En concreto, la resolución judicial le impone, además de la pena de cárcel, una multa de 2.500 euros, así como la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la inhabilitación para el ejercicio de la actividad de promotor de obras durante un año.

Sin embargo, las penas impuestas, incluida la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo, que impide al condenado presentarse como candidato en cualquier proceso electoral, no se aplicarán mientras la resolución no sea firme.

LOS HECHOS

Tal y como se recoge en la sentencia, el regidor acordó realizar en el entorno de la Iglesia de San Bartolomé obras de demolición y levantado del firme de hormigón existente en el tramo de la calle, saneamiento y soterramiento de las redes de suministro eléctrico y alumbrado público, o la introducción de arquetas y canalizaciones.

Un entorno que constituye un «bien inventariado» recogido en el PGOM del Ayuntamiento de Verín de 2012 y en el Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia, algo que requiere «preceptiva autorización» de la Consellería de Cultura, así como la presentación de un «proyecto técnico elaborado por técnico competente».

En esta línea, durante la realización de las obras, el 20 de febrero de 2019 un técnico del Servicio de Gestión Cultural de la Xunta visitó las mismas y emitió un informe en el que pedía al Ayuntamiento de Verín que las «paralizara cautelarmente» por no contar con el informe de Patrimonio, y ordenó, además, la presentación del proyecto.

La Consellería de Cultura solicitó entonces a la Policía Autonómica que enviase a Gerardo Seoane la notificación del informe, el 28 de febrero de 2019, pero este continuó con las obras «a sabiendas de la ilegalidad de las mismas».

RECURSO ANTE EL SUPREMO

Así las cosas, el regidor anunciaba este pasado lunes que recurrirá ante el Tribunal Supremo su condena tras el fallo dictado por la Audiencia Provincial de Ourense y ahora confirmado por el TSXG.

«Tengo una confianza del 100% en mi absolución», decía el regidor, apuntando que «toda la jurisprudencia del propio Supremo recoge que nunca hay delito urbanístico en una actuación que es legalizable», tal y «como aconteció en este caso, en el que todas las obras fueron legalizadas».

Asimismo, Seoane «acata y manifiesta su respeto» por la Justicia, pero ha reiterado que «peleará hasta la última instancia» para que se «reconozca la legalidad absoluta de la intervención de urgencia en el talud norte de la calle de la Iglesia de San Bartolomeu». «No era sólo totalmente legal, era urgente y necesario, y estaba amparado por la ley», resumía.

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