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El juez reitera que la edila de Seguridad de Vigo «tenía el deber» de actuar para evitar el accidente del Saltamontes

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El juez de Instrucción de Vigo que investiga el accidente mortal del Saltamontes, ocurrido en agosto de 2024, ha desestimado el recurso de reforma presentado por la concejal de Seguridad de la ciudad, Patricia Rodríguez, contra el auto que ordenaba seguir las actuaciones contra ella (y contra el dueño de la atracción) por un posible de delito de homicidio imprudente y otro de lesiones.

En su respuesta al recurso, el juez expone que la edila socialista tenía «el deber jurídico ineludible» de adoptar medidas para neutralizar el riesgo, y más después de haber desautorizado la instalación del Saltamontes. Al respecto, señala también que, cuando firmó esa resolución (que indicaba que esa atracción, igual que otras, no contaba con permiso municipal) y la envió a la Policía Local, el Saltamontes ya llevaba casi dos días funcionando, porque las fiestas de Matamá ya habían empezado.

El juez también señala que los indicios apuntan que si la atracción se hubiera precintado, se habría podido «evitar el accidente mortal», e incide en que la desautorización de la instalación de ese elemento no es eficaz si no va acompañada de la adopción de medidas.

Por otra parte, el juez también ha desestimado el recurso de reforma interpuesto por una de las acusaciones particulares, que pedía ampliar la imputación a otras dos personas que estuvieron investigadas (y respecto a las cuales, el juzgado archivó las actuaciones): el presidente de la Comisión de Fiestas, Cristian G.M., y el jefe del área municipal de Seguridad, Antonio V.M.

Esta acusación sostenía que el presidente de la Comisión sabía que la atracción no estaba autorizada y fue advertido por el Ayuntamiento; y que el jefe de Seguridad tenía el «deber de advertencia» y de proponer medidas para garantizar la seguridad. Sin embargo, el juez ha rechazado esas alegaciones y ha insistido en que ni uno ni otro ostentaban la posición de «garantes» y no se les puede imputar la omisión de su deber de actuar.

De este modo, el titular de la plaza 3 de Instrucción de Vigo confirma su auto de principios de mayo, aunque su resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.

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