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Los alumnos gallegos contarán desde 5ª de primaria con una cuenta de correo oficial para comunicaciones y uso educativo

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La Xunta dotará de una identidad digital a todo el alumnado de los centros públicos gallegos, que contarán a partir de 5º curso de Primaria con una cuenta de correo oficial propia para canalizar las comunicaciones e interacciones educativas y emplear en el uso de las aplicaciones formativas que necesiten y que hayan sido autorizadas

Así lo ha anunciado este jueves el conselleiro de Educación, Román Rodríguez, en un encuentro con medios de comunicación para desgranar el anteproyecto de educación digital de Galicia, que arranca ahora su periodo de exposición pública con la idea de estar aprobada antes de que finalice este año.

Entre las novedades que incluirá esta ley está la dotación a todo el alumnado de una cuenta de correo electrónico oficial –serán más de 190.000 en cifras de la Administración gallega–, que podrán emplear «para fines exclusivamente educativos» y para canalizar las comunicaciones e interacciones con el centro y los docentes. La norma establece, de hecho, que las interacciones en el ámbito educativo deberán emplear canales reglados y no aquellas vías informales, como el Whatsapp.

Esta cuenta de correo no tendrá, por tanto, carácter privado, y contará con medidas de supervisión y control para garantizar su buen uso. De lo contrario, el alumnado podrá someterse a sanciones. La idea es que las comunicaciones entre el centro y el profesor con el alumno queden registradas por esta vía y que la cuenta pueda emplearse para darse de alta en aquellas aplicaciones de las que se haga uso en el aula, aunque la Xunta las restringirá a aquellas previamente autorizadas.

UNA NORMA PIONERA

Román Rodríguez, que ha comparecido acompañado por el secretario xeral técnico, Manuel Vila, y por la directora xeral de Ordenación e Innovación Educativa, Judith Fernández, ha apuntado que este es un marco legal que «está generando una gran expectación y un gran debate social» y que, teniendo en cuenta la evolución de la tecnología y su conexión con la sociedad, tendrá «un alcance muy alto». Se trata, ha explicado, de la ley con más aportaciones de la ciudadanía en la historia de la autonomía y una norma «pionera» en ámbitos como la regulación del uso de la Inteligencia Artificial.

El texto pone el foco en aspectos como el bienestar digital, la privacidad, la protección de datos, el derecho a la identidad digital y a la intimidad o la accesibilidad universal y la lucha contra las brechas digitales.

Uno de los campos más destacados es que, a través de la ley, se va a afianzar el modelo gallego de enseñanza híbrido, donde se combinan los métodos tradicionales con las nuevas tecnologías para «garantizar la mejor formación posible al alumnado». En esta tarea, la Xunta adecuará el uso de la tecnología en las aulas en función de la etapa educativa y del grado de madurez del alumnado.

Con esta finalidad, la utilización de los medios digitales en Infantil y en los dos primeros ciclos de Primaria (es decir, 1º, 2º, 3º y 4º curso) se limitará la un uso colectivo, mientras que el uso individual comenzará a partir de 5º de Primaria y en adelante. Es el este momento en el que se incorporará la identidad digital individual con el uso de un correo electrónico oficial.

Además, Galicia se convertirá con esta ley en la primera Comunidad Autónoma en regular el derecho a la desconexión digital del alumnado y del profesorado fuera de la jornada escolar. También fija que la comunicación entre los centros y las familias solo se pueda realizar por medios autorizados por la Xunta.

Otro de los aspectos regulados es la prohibición de grabar las clases por parte del alumnado y las familias. Salvo autorización expresa previa, no se permitirá la grabación en audio o vídeo de las sesiones de la clase, tutorías o cualquier otra actividad docente, tanto si son presenciales como si se desarrollan por medios virtuales. Esta prohibición operará para alumnos, familias y terceras personas ajenas al personal docente.

En lo relativo al profesorado, este no podrá tampoco difundir actividades y exámenes del alumnado a través de las redes sociales. Estas medidas, y otras de la misma índole, inciden en la necesidad de respetar la privacidad del acto educativo desde todas las partes.

EXÁMENES VIRTUALES

En esta norma se regulan también los exámenes virtuales, donde podrán emplearse sistemas biométricos para la identificación y control del alumnado. Estas técnicas de monitorización, siempre bajo el principio de protección de datos, ya se aplican en el campo universitario y en el privado, por lo que Galicia será la primera que lo incorpore ahora a la enseñanza pública no universitaria, pensando especialmente en las etapas de FP o de enseñanzas para adultos.

Así pues, en el caso de pruebas online con supervisión docente presencial (en aula común, en el aula hospitalaria o en el domicilio del alumno) serán los profesores los encargados de verificar la identidad. En el caso de las pruebas virtuales sin supervisión docente, se adoptarán medidas específicas para garantizar la autenticidad y fiabilidad de los resultados obtenidos.

A mayores, la norma regulará por primera vez a nivel nacional los usos permitidos y prohibidos de la inteligencia artificial en el aula. Más en detalle, los sistemas de IA tan sólo se podrán emplear con un carácter auxiliar o de apoyo en la toma de decisiones educativas que afecten al alumnado, siempre bajo supervisión humana.

La IA se configura como una herramienta útil para la personalización del aprendizaje y la atención a la diversidad en la medida en que puede ayudar a adecuar contenidos y actividades a las necesidades individuales de cada alumno y a la detección temprana de dificultades de aprendizaje, aunque con intervención humana.

Los docentes solo podrán emplear sistemas de IA homologados y autorizados por la Consellería, que elaborará un catálogo al respeto.

AUTORIDAD EN EL ENTORNO DIGITAL

Otra de las novedades es la extensión al entorno digital de la condición de autoridad pública de los docentes que ya opera en el aula física. Para eso, el profesorado gallego contará con asesoramiento y apoyo jurídico ante cualquier situación de acoso o violencia digital.

El texto también dedica parte de su articulado a la regulación del teléfono móvil, cuyo uso ya está prohibido actualmente en todo el recinto escolar, algo en lo que Galicia fue pionera. Sin embargo, se permitía el uso pedagógico en todas las etapas, algo que ahora quedará restringido.

En concreto, se acota este uso pedagógico únicamente a partir de 3º de ESO. Para ayudar a los centros educativos en el control de los móviles, la Consellería de Educación elaborará un protocolo de custodia de los mismos.

En cuanto a la formación del profesorado, la ley incluye como obligatoria la formación digital en competencias que se consideren estratégicas y también se valorará este conocimiento como mérito en los procesos selectivos tanto de ingreso en la función pública docente como nos procedimientos de provisión de puestos de trabajo de determinadas características.

Otra de las novedades es que se facilitará la formación en materia digital al profesorado universitario de las facultades de Educación con el objetivo de garantizar la coherencia entre la formación inicial en la universidad y las necesidades reales de formación en las aulas.

La norma, que será de aplicación en los centros no universitarios sostenidos con fondos públicos, se abre ahora a exposición pública e informes sectoriales. El Gobierno gallego prevé aprobar el texto en el Consello de la Xunta antes del verano y remitirlo al Parlamento en el próximo periodo de sesiones, hacia final de año.

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