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La Xunta retendrá un 30% de fondos de cooperación local a ayuntamientos que no cumplan con limpiar franjas

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La ley de medidas fiscales y administrativas es la vía por la que la Xunta regulará las novedades en varias normas (como las de prevención de incendios o montes) con el fin de intentar garantizar la limpieza en las franjas secundarias próximas a viviendas y facilitar la ejecución de estas tareas en fincas en las que sus propietarios no lo hagan antes de mayo.

Con el trasfondo de la gran ola de incendios de este verano, Rueda ha aprovechado la rueda de prensa en Celanova, donde este lunes se ha reunido el Ayuntamiento, para analizar que en la norma que acompaña a las cuentas de 2026 se incluye una modificación con el fin de promover que los ayuntamientos se adhieran al convenio para la limpieza de las franjas secundarias, bajo riesgo de ser penalizados en los recursos que reciben de la Administración autonómica.

En concreto, los municipios que no se adhieran a este convenio para la limpieza de las franjas secundarias o que se declare que incumplen sus obligaciones se les retendrá un 30% del Fondo de Cooperación Local. La dotación de este fondo para 2026 supera los 187 millones de euros.

La disposición recoge que las cantidades retenidas serán objeto de entrega cuando se formalice la adhesión o se enmiende el incumplimiento del compromiso.

Además, entre otras novedades, las comunidades de montes deberán destinar la prevención y protección contra incendios el 10% de sus ingresos.

Asimismo, se elimina la obligación de contar con un permiso de Parimonio Cultural para los trabajos de gestión del monte que se hagan manualmente o con desbrozadora. En tareas más complejas, el informe sectorial se sustituye por una declaración responsable.

NO SOLO EN LOS TRABAJOS FORESTALES

De hecho, la modificación normativa de la Xunta no se limita a los trabajos en el monte, sino que para las actuaciones en bienes con protección estructural y ambiental ya no será permiso el permiso previo de la Xunta, sino que las podrán autorizar los ayuntamientos cuando concedan la licencia.

Esta premisa también se aplicará para ayuntamientos de más de 50.000 habitantes (las grandes ciudades) por los que discurre el Camino de Santiago, y en las que no afecten al trazado de la Ruta, a los bienes estructurales o a las parcelas colindantes.

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