Las ayudas para gastos relacionados con la promoción de instrumentos de movilizacion y recuperación de la tierra agraria pueden solicitarse desde este martes y hasta el 31 de octubre de 2026.
Así lo recoge el Diario Oficial de Galicia (DOG), que publica este lunes las bases reguladoras y la convocatoria para los años 2025 y 2026, con un presupuesto de 30.000 y 70.000 euros, respectivamente.
La directora xeral de la Axencia Galega de Desenvolvemento Rural, Paz Rodríguez, ha visitado A Estrada para informar de la convocatoria de estas ayudas, que promueven herramientas como las permutas de especial interés agrario y los polígonos agroforestales de iniciativa privada.
Durante la visita conoció un proyecto de movilización de tierra a través de permutas que se quiere llevar a cabo en este ayuntamiento, según informa la Consellería de Medio Rural.
Las personas que acrediten la puesta en marcha de dichos instrumentos pueden optar a esta aportación, que cuenta con ese presupuesto de 100.000 euros para los dos años.
Como novedad, en esta convocatoria se incluyen las ayudas para gastos de asesoramiento técnico y jurídico, un recurso «muy demandado» por los propietarios que quieren acometer este tipo de procesos.
En concreto, son gastos subvencionables los de asesoramiento técnico y jurídico, trabajos técnicos y de acondicionamiento de los terrenos, hasta un máximo de 15.000 euros; gastos notariales, registrales y de inscripción necesarios, hasta un máximo de 3.000 euros; y todos los gastos justificados y pagados entre el 1 de enero de 2025 y el 1 de noviembre de 2026.
No será subvencionable el IVA cuando sea recuperable por la persona beneficiaria de la ayuda y podrán ser beneficiarias de las ayudas correspondientes a las permutas de especial interés agrario gestionadas al amparo de estas bases reguladoras las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas jurídicas y las comunidades de bienes que cumplan una serie de requisitos.
Al igual, en relación con las ayudas correspondientes a la puesta en marcha de polígonos agroforestales de iniciativa privada u otras iniciativas de recuperación y movilización de tierras, gestionadas también a través de estas bases reguladoras, podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, siempre que se cumplan los requisitos.