El Defensor del Pueblo considera «significativo» que se haya utilizado una Ley –la de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario– para sacar a las poblaciones del lobo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) y no una «simple» orden ministerial, herramienta designada para inscribir a una especie en el listado, modificar la inscripción o cancelarla.
Así se ha expresado en la resolución adoptada por la institución con motivo del recurso de inconstitucionalidad que presentó a principios de mes contra la disposición adicional octava, la disposición transitoria única y la disposición final decimonovena de la Ley de Desperdicio Alimentario y que ya puede ser consultada en la web del Defensor.
El Defensor del Pueblo, que interpuso el recurso de constitucionalidad tras recibir 278 solicitudes instando a que lo hiciese, pone el foco además sobre la «singularidad» de que la modificación de la normativa ambiental básica en materia de protección de la fauna silvestre autóctona de la Península ibérica se refiera «exclusivamente a una sola especie» y, en dos de los preceptos impugnados de manera expresa, «a singulares poblaciones de la misma».
«Hay, tanto en el texto de dichas disposiciones, como en la justificación de su inclusión en el texto de la ley, un déficit de argumentación que justifique dicha singularidad, basada en razones ambientales, o de otra consideración», destaca.
En el caso de la disposición final decimonovena de la norma, que saca al lobo al norte del Duero del LESPRE, entre otras motivos, el Defensor del Pueblo ha cuestionado su constitucionalidad al considerar que carece de «la mínima información técnica o científica de carácter medioambiental que respalde su adopción».
Por otro lado, la disposición adicional octava establece que las autorizaciones excepcionales para cazar lobos –y cualquier especie depredadora con alto impacto en el sistema productivo incluida en el LESPRE– podrá justificarse en «la eficiencia del sistema productivo» además de las otras razones ya previstas en la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. En este sentido, el Defensor ha criticado entre otros detalles los términos «tan indeterminados y confusos» en los que está redactada.
«Hace que no sea preciso invocar ninguna situación especial o extraordinaria (como la puesta en peligro de la seguridad o la salud de las personas, o la existencia de daños relevantes en el ganado, o los cultivos, u otros elementos del medio natural, o la concurrencia de causas socioeconómicas de primer orden, o daños producidos a otros animales silvestres, entre otras) para entrar en juego», ha advertido.
La disposición transitoria única marca la salida inmediata del LESPRE de las poblaciones de lobo al sur del Duero en caso de que se modifique su régimen de protección a nivel comunitario, algo que ya ha sucedido.
Entre otras cuestiones, el Defensor del Pueblo incide en que, para la adopción de esta disposición, las autoridades competentes españolas no podrán tomar en consideración ningún dato sobre el estado de conservación de dichas poblaciones en España, o su situación de vulnerabilidad, o eventualmente su especial papel ecológico para el equilibrio de los ecosistemas autóctonos de la Península ibérica, que pueda apoyar la permanencia en el Listado.
El Defensor del Pueblo interpreta que las dos primeras disposiciones vulnerarían los artículos 45 –derecho al medioambiente– y la tercera, 24.1 de la Constitución –derecho a la tutela judicial efectiva–.
DIFERENTES BATALLAS POLÍTICAS POR LA CAZA DEL LOBO
Las disposiciones de la Ley de Desperdicio Alimentario que rebajan la protección del lobo fueron incluidas por el Senado como enmiendas al proyecto de ley y aprobadas por el Congreso en marzo con los votos de PP, Vox, PNV y UPN (y Junts, en el caso de las disposiciones que abrían la posibilidad de ampliar la eliminación de la protección especial de la especie al resto de España y no solo al norte del Duero).
Así, se limitó la protección del LESPRE a las poblaciones de lobos al sur del Duero. El mes pasado entró en juego la disposición transitoria de la Ley de Desperdicio Alimentario que excluía también a estas poblaciones del LESPRE una vez la Unión Europea (UE) rebajó el estatus de protección del lobo en la Directiva Hábitats.
Desde entonces, comunidades autónomas como Asturias, Cantabria y Galicia presentaron planes de caza de la especie que organizaciones ecologistas como WWF y Ecologistas en Acción amenazaron con recurrir. De hecho, Ecologistas en Acción y la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cántabra fueron al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) para instarle a que dejara en suspenso la resolución que autorizaba la extracción de lobos en Cantabria, petición que finalmente el Alto Tribunal desestimó.
Transición Ecológica transmitió a los medios a finales de junio los principales datos del Informe sexenal con el censo del lobo que tiene que remitir a Bruselas tras su aprobación por parte de las comunidades autónomas. Este arrojó una cifra de 333 manadas y de entre 1.600 a 1.700 lobos, un crecimiento del 12% con respecto al censo anterior (el de 2012-2014). De acuerdo con el Ministerio, los números no alcanzan las 500 que los científicos consideran necesarias para asegurar la viabilidad genética de la especie a largo plazo.
En este marco, fuentes de Transición Ecológica incidieron en que el lobo está en estado desfavorable en España y por tanto «no puede haber controles letales de la especie», remitiéndose al criterio de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) de 2024, que señala que si una especie está en estado desfavorable en una parte del territorio, lo está en la totalidad del territorio.
Tras una Comisión Sectorial de Medioambiente que el PP criticó por su «tono bronco, despectivo, con faltas de respeto, encontronazos y salidas de tono», el Informe sexenal finalmente se estudiará el próximo día 18 de julio.
REBAJA DE LA PROTECCIÓN DEL LOBO A PROPUESTA DE BRUSELAS
El Convenio de Berna, el acuerdo internacional que rige la protección de la fauna en Europa del que forma parte la Unión Europea (UE), votó en diciembre a favor de modificar el estatus del lobo de ‘estrictamente protegido’ a ‘protegido’ a propuesta de Bruselas. Después de que la decisión entrara en vigor en marzo, la Comisión Europea propuso una revisión específica de la Directiva de Hábitats para adaptar las normas comunitarias a ella.
La revisión, que se formalizó en junio, implica que las medidas de conservación y gestión de los Estados miembro deberán alcanzar y mantener un estado de conservación favorable de la especie. Además, los Estados miembro seguirán teniendo la posibilidad de mantener un nivel más elevado de protección del lobo, si la legislación nacional lo considera necesario.
Asimismo, la UE seguirá financiando y apoyando medidas de coexistencia y prevención, y en principio se mantendrán las ayudas estatales para compensar a los ganaderos afectados.