La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto a un acusado de traficar con droga, ya que no consta acreditado que las sustancias intervenidas estuvieran destinadas a la venta o distribución a terceros ni que el dinero intervenido procediera de dicha actividad.
Tal y como recoge la sentencia, agentes de la Guardia Civil interceptaron el coche en el que viajaba el sospechoso en la entrada de la AP-9, en el término municipal de Caldas de Reis, cuando realizaban un control preventivo. En un neceser, los funcionarios localizaron 21,8 gramos de MDMA y 1,7 de cocaína, así como 2.900 euros en efectivo.
La Sala indica que se valora la pureza de la droga intervenida (de un 10% y un 76%, respectivamente), así como el hecho de que se encontraba en el interior del neceser «en forma polvorienta» y que «no se encontró báscula ni elemento alguno que permitiera el pesaje para su posterior venta o distribución con conocimiento de la cantidad que hubiera de entregarse».
Además, los magistrados indican que a ello se une la valoración del dinero intervenido, puesto que, de acuerdo con la documental aportada, el acusado se hallaba pasando unos días fuera del lugar de residencia, con terceras personas y haciéndose cargo de los gastos.
El tribunal también expone que «la valoración de los indicios derivados de la prueba practicada» no le permiten «alcanzar la certeza, sin género de duda, de que las sustancias intervenidas al acusado estuvieran preordenadas al tráfico o distribución».