El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Ourense que condena a un hombre a siete años de prisión por provocar un incendio en el edificio donde vivía de alquiler tras amenazar con «quemar vivos» a sus vecinos.
Los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal han desestimado el recurso presentado por la defensa, que cuestionaba la autoría del acusado y alegaba una supuesta falta de pruebas. Sin embargo, el alto tribunal considera que la resolución anterior se basa en «prueba de cargo suficiente y válida», sustentada en testimonios, grabaciones y un informe pericial concluyente de la Policía Científica que acreditó la intencionalidad del fuego.
Los hechos se remontan al 22 de febrero de 2024, cuando el acusado, en estado de agitación, accedió a su vivienda lanzando gritos y golpes. Tras la visita de la Policía Local, y como represalia, bajó al primer piso del edificio y prendió fuego a una guirnalda de Navidad y un mueble. Luego hizo lo mismo en el segundo piso antes de esconderse en su casa. El humo obligó a varios vecinos a refugiarse en los balcones hasta ser rescatados.
La sentencia considera acreditado que su conducta puso en peligro la vida de los residentes en el inmueble, que tuvo que ser evacuado. Los jueces subrayan que la acción fue suficiente como para causar un riesgo real para la vida de los vecinos, independientemente de que el daño final fuera contenido por la rápida intervención de bomberos y vecinos.
Además, el TSXG rechaza aplicar ninguna atenuante relacionada con el consumo de alcohol o drogas, al no haberse demostrado que estas sustancias afectaran de forma relevante su imputabilidad en el momento de los hechos. La sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Supremo.