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El TS confirma un año de cárcel a un soldado que acosó a una compañera a la que ofreció dinero por favores sexuales

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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a un año de prisión a un soldado que acosó sexualmente a una compañera de regimiento a la que, entre otras acciones, solicitó favores sexuales a cambio de dinero.

En una sentencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Militar ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Militar Territorial Cuarto de A Coruña que consideró probada la comisión de un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas por los militares, en su modalidad de acoso sexual.

Además de la citada pena de prisión, le impuso el pago a la soldado acosada de una indemnización de 5.860 euros, en concepto de responsabilidad civil, y las accesorias de suspensión militar de empleo e inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

El alto tribunal considera que el recurrente realizó una serie de acciones durante un tiempo prolongado –desde marzo de 2022 hasta octubre del mismo año–, que están relatadas en los hechos probados, con «un claro contenido hostil y humillante solicitando favores de naturaleza sexual».

Así, el fallo describe que el condenado comenzó con comentarios de carácter sexual y solicitudes veladas de favores sexuales, llegando a ofrecerle dinero. En otra ocasión, le dijo que tenía que llevar minifalda mientras manejaba un vehículo, y también pidió a un compañero que le pasasen un vídeo grabado cuando la soldado realizaba trabajos con una apisonadora para masturbarse por la noche.

«VAYA CULO»

El Supremo indica que el solado volvió a ofrecerle dinero, en concreto 50 euros, a cambio de favores sexuales, realizando comentarios como «qué buena está» o «vaya culo». El hombre, además, se refirió al aspecto que tendría su compañera en una determinada posición con una clara significación sexual. El fallo añade que el condenado intentaba hacerle regalos que la soldado siempre rechazaba.

La sentencia explica que el recurrente constantemente intentaba mantenerse cerca de ella, procurando tocarla o agarrarle la mano, incluso apartando a los compañeros para ponerse a su lado, y le enviaba mensajes por privado y no al grupo de asuntos laborales con fotos de regalos que quería hacerle.

Sin embargo, según el fallo, la soldado nunca contestaba y llegó a bloquearle. Pero, además, la mujer le hizo saber que le molestaba su conducta, llegando a pedirle que le dejase en paz.

El Supremo incide en que durante la realización de un ejercicio «la intensidad y persistencia del acercamiento o contacto físico que el recurrente pretendía mantener llegó a un punto que finalmente la soldado, al no poder soportar más la situación, decidió poner los hechos en conocimiento de sus mandos».

Tras analizar los hechos probados, la Sala, en su sentencia, concluye que es fácil apreciar que tales acciones eran realizadas por el recurrente «con pleno conocimiento de lo que hacía, por lo que no hay duda alguna sobre la existencia de dolo» en su conducta, en contra de lo que él sostiene en su recurso.

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