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La defensa del joven que inició la agresión a Samuel Luiz recurre la condena de asesinato

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La defensa de Diego M.M., el joven que inició la agresión mortal a Samuel Luiz — ocurrida en julio de 2021 en el paseo marítimo coruñés — se ha sumado a los recursos anunciados ya en su día por los letrados de los otros tres jóvenes condenados por estos mismos hechos.

Así lo ha ratificado a Europa Press el letrado Luis Manuel Salgado después de que, tras el fallo condenatorio, asegurase que estudiaría la posibilidad de un recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que finalmente ya ha formalizado.

Lo ha hecho en base, ha ratificado, a los mismos argumentos que esgrimió en el juicio, entre ellos que su cliente no tenía intención de matar o rechazando que la orientación sexual del fallecido influyese, algo que sí consideró probado el Tribunal del Jurado.

De esta forma, se suma a los recursos ya anunciados de los letrados de Alejandro F.G., condenado a 20 años de cárcel; Kaio A.S.C, al que se le impuso 20 años y medio, y la de Alejandro M.R., al que se le condenó a 10 años como cómplice de asesinato.

De los cinco jóvenes acusados, se consideró no culpable a la única chica, C.S.B., mientras que a su entonces pareja Diego M.M., al concurrir la circunstancia agravante de discriminación por motivos de orientación sexual, la magistrada presidenta le impuso 24 años de cárcel, pena muy cercana al máximo legal — 25 años –, que no le aplicó porque el jurado no apreció la agravante de ensañamiento.

Por su parte, a Alejandro F.G. lo condenó a 20 años de cárcel pues explicaba en el fallo que la no concurrencia de circunstancias agravantes ni atenuantes determina la imposición de la pena en su mitad inferior, lo que abarca un arco punitivo que va de 15 a 20 años de prisión, al igual que en el caso de Kaio A.S.C.

A este le impuso un total de 20 años y medio — 17 años por el asesinato y tres años y medio por el robo con violencia– pues indicó que su intervención en el asesinato «no alcanza la entidad» de la de Diego M.M. y Alejandro F.G.

A Alejandro M.R. lo condenó a 10 años de cárcel ya que, al tratarse de un cómplice de asesinato, señaló que procedía imponer la pena inferior en grado que, en este caso, abarca un arco punitivo de 7 años y medio a 15 años de prisión.

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