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Acepta 3 años de cárcel tras admitir años de agresiones sexuales a una menor con la que convivía en el área de Vigo

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Un hombre ha aceptado la pena de 3 años de cárcel tras admitir que es autor de un delito continuado de agresión sexual a una menor con la que convivió durante años en un domicilio del partido judicial de Vigo.

Así se ha acordado en una vista de conformidad celebrada en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en la ciudad olívica, en la que Luis Salvador G.P. admitió los hechos por los que venía siendo acusado por la Fiscalía y por la madre de la joven.

Ante este reconocimiento de los hechos, ya no se ha practicado la prueba y la sala ha dictado sentencia, que ha declarado firme ante la conformidad de las partes.

Luis Salvador G.P ha admitido las agresiones sexuales continuadas a la menor, con la que convivía (y que tenía menos de 16 años en el momento de los hechos) y con la que guardaba relación de parentesco, con penetración vaginal y de forma reiterada entre los años 2016 y 2019, «hasta cuatro veces por semana», según recoge el escrito de acusación pública.

En ese tiempo, el acusado consumía alcohol de forma abusiva, lo que mermaba levemente sus capacidades volitivas. En el momento de celebrarse la vista de conformidad, el hombre ya había ingresado más de la mitad de la indemnización solicitada, y que cobrará la madre de la víctima, ya que ésta falleció en 2021 por circunstancias ajenas a este procedimiento.

Por todo ello, la Audiencia lo ha condenado como autor de un delito continuado de agresión sexual con penetración vaginal cometido sobre menor de 16 años de edad, a la pena de 3 años de cárcel (inicialmente, la Fiscalía pedía 12 años de prisión); 7 años de libertad vigilada a cumplir tras la pena privativa de libertad; privación de la patria potestad; e inhabilitación para oficio o profesión que conlleve trato con menores durante 18 años.

Igualmente, establece como responsabilidad civil una indemnización de 18.000 euros, de la que el procesado ya ha consignado más de 9.000 euros. En este fallo se han aplicado las atenuantes de consumo perjudicial de alcohol y de reparación del daño.

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