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Publicadas las bases reguladoras de las ayudas del Perte para la industria pesquera y acuícola

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles las bases reguladoras de las ayudas para la industria transformadora del sector de la pesca y la acuicultura con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

En concreto, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene previsto publicar antes de que finalice el verano la convocatoria de solicitud de ayudas relativa a este año.

Con esta línea de subvenciones, Agricultura e Industria dan respuesta a la demanda de la industria pesquera y acuícola, que solicitó su inclusión en el proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica (Perte Agroalimentario) por su «papel clave» para la economía de muchas zonas del litoral español.

La convocatoria de las ayudas que se llevará a cabo próximamente permitirá al sector transformador de la pesca y la acuicultura acceder a la financiación de proyectos que supongan una inversión superior a 1,5 millones de euros y que se ejecuten con plazo final de 30 de junio de 2026. Las ayudas podrán cubrir hasta el 50% del coste de la inversión, con un importe máximo de cinco millones de euros.

Según consta en el BOE, se apoyarán principalmente las inversiones que se presenten relacionadas con la eficiencia energética, la economía circular, los nuevos productos, las mejoras en el envasado, los sistemas de trazabilidad, el uso eficiente del agua y todo lo relativo a seguridad, higiene, salud y condiciones de trabajo.

Respecto a los pagos, estos quedarán condicionado a que exista constancia de que el beneficiario cumple los requisitos establecidos, mientras que la ayuda regulada se pagará previa justificación de la misma. No obstante, podrá realizarse en un solo pago anticipado previa solicitud del interesado, salvo que la convocatoria especifique otra cosa.

El plazo máximo de ejecución y finalización de este proyecto será el 30 de junio de 2026.

Todas las solicitudes que se presenten para solicitar estas ayudas serán objeto de un procedimiento de evaluación cuya ejecución se encomienda a la comisión de evaluación, que tendrá como función emitir informe debidamente motivado en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, y el orden de prelación consecuente de todas las solicitudes que cumplan los requisitos de admisibilidad.

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