El Juzgado de lo Penal número 2 de Lugo ha acordado imponer este lunes una pena de un año y siete meses de cárcel a un hombre acusado de maltratar de manera habitual, lesionar, coaccionar y amenazar de muerte a su ex pareja en la capital lucense.
La Fiscalía solicitaba inicialmente una pena acumulada de siete años de cárcel por tales delitos, pero el procesado ha visto rebajada de manera considerable su condena tras alcanzar las partes un acuerdo de conformidad y reconocer el acusado su autoría de los hechos.
Unos hechos que tuvieron lugar, de acuerdo a lo enunciado en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, entre los años 2018 y 2020, durante la convivencia mantenida entre la víctima y su agresor en un domicilio en el que también residía el hijo de esta y, de manera temporal, la madre de la denunciante.
Durante dicho período, el hombre, de 49 años y vecino de la ciudad de Lugo, insultó en reiteradas ocasiones a la que era su compañera sentimental, agrediéndola mediante golpes y puñetazos, según el escrito fiscal, y llegando a fracturarle el dedo de una mano durante el transcurso de una discusión.
Asimismo el acusado –condenado ya mediante sentencia firme– profirió amenazas de muerte a su ex pareja –prosigue el escrito de acusación– en presencia del hijo de esta, menor de edad, enviándole también varias fotografías de puentes, una vez consumada la ruptura entre ambos, indicándole «que se iba a matar».
Por todo ello, y entendiendo el Ministerio Público que concurría en la causa el agravante de parentesco, se interesó inicialmente imponer al acusado –sobre el que pesaba ya una orden de alejamiento de la víctima– una pena de siete años de cárcel, rebajada finalmente a poco más de un año y medio en virtud del acuerdo de conformidad sellado entre defensa, Fiscalía y acusación particular.
SUSPENSIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN
En la vista celebrada este lunes para informar de las modificaciones introducidas en el escrito de conformidad se ha resuelto también suspender la ejecución de las penas privativas de libertad del condenado al carecer este de antecedentes penales, al no exceder la suma de las penas impuestas los dos años y al haber abonado el acusado a la víctima una indemnización de 12.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
Una suspensión de la pena de prisión a la que no se han opuesto ni el Ministerio Fiscal ni la acusación particular que ha quedado condicionada al hecho de que el condenado no vuelva a delinquir en un período de tiempo de dos años y a que se someta a los pertinentes programas formativos en materia de igualdad establecidos por los servicios sociales penitenciarios.
El hombre, que según ha precisado la Fiscalía en sus conclusiones se hallaba «bajo los efectos del consumo de sustancias tóxicas» durante la comisión de alguno de los delitos imputados, ha reconocido finalmente los hechos ante la jueza y ha aceptado su condena: seis meses por un delito de maltrato habitual; siete meses por un delito de amenazas; seis meses por un delito de coacciones en el ámbito familiar; y una multa de seis meses por un delito de lesiones.