InicioSOCIEDADEl Supremo reconoce al personal temporal del Sergas las vacaciones no disfrutadas...

El Supremo reconoce al personal temporal del Sergas las vacaciones no disfrutadas como servicios prestados

Publicada el


El Tribunal Supremo ha reconocido al personal temporal del Servizo Galego de Saúde (Sergas) el derecho a que las vacaciones no disfrutadas en sus contratos computen como tiempo de servicios prestados a la administración a efectos de listas, oposiciones o carrera profesional.

La decisión ya es firme al haber sido rechazado el recurso de casación interpuesto por el Gobierno gallego ante el Alto Tribunal, que ratifica así el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra en marzo de 2021.

La sentencia, facilitada por la CIG y consultada por Europa Press, determina, en la línea de sentencias anteriores sobre trabajadores públicos con vínculo temporal, que éstos no pueden ser tratados desde la administración de una forma «menos favorable» que a los empleados fijos.

El Supremo indica que así lo establece la cláusula 4 del Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada, que recoge que, a no ser que existan «razones objetivas» que lo justifiquen, los temporales deben gozar de las mismas condiciones que aquellos que tienen plaza fija.

Así, el TS subraya en su sentencia que «la única razón dada» por el Sergas para oponerse a la reclamación de temporales «es que a ello se oponen las normas nacionales españolas», un argumento que no considera «convincente».

«Se trata de una razón formal, que nada dice sobre posibles diferencias sustanciales relevantes entre una relación fija y otra temporal. Además, como es sabido, si se diera una colisión entre la norma nacional y la norma de la Unión Europea, esta tendría prioridad», añade el Supremo.

Además, también rechaza la pretensión del Sergas sobre el cómputo de las vacaciones en los trienios como un doble lapso temporal, es decir, como vacaciones y como trabajo realizado.

Para el TS, esta contabilización «no signfica que el tiempo de vacaciones no deba tenerse en cuenta a efectos de los servicios prestados». «Resulta discriminatorio para el persoal temporal en relación con el persoal fijo que no se compute el tiempo de vacaciones compensadas económicamente como tiempo de servicios prestados», concluye el Tribunal.

últimas noticias

Digital.- Solo una de cada cuatro empresas gallegas emplea IA, una de las tasas más bajas en España

El 24,6% de las empresas con sede social en Galicia de 10 o más...

Hatta factura 3.451 millones hasta septiembre y confía en que se resuelva su condición de ‘operador confiable’

Hatta Energy ha facturado 3.451 millones de euros en los nueve primeros meses del...

La Xunta activa la alerta naranja por temporal costero en todo el litoral gallego

La Xunta activará desde la noche de este jueves la alerta naranja por temporal...

Galiza Nova convoca el domingo concentraciones en las siete ciudades gallegas contra la «represión policial» en A Coruña

Galiza Nova, respaldada por la CIG, el BNG y Erguer, ha convocado para este...

MÁS NOTICIAS

La Xunta activa la alerta naranja por temporal costero en todo el litoral gallego

La Xunta activará desde la noche de este jueves la alerta naranja por temporal...

Galiza Nova convoca el domingo concentraciones en las siete ciudades gallegas contra la «represión policial» en A Coruña

Galiza Nova, respaldada por la CIG, el BNG y Erguer, ha convocado para este...

Condenado a 15 meses de cárcel un hombre por amenazar con hacha, pistola y motosierra a sus vecinos en Cenlle (Ourense)

La Plaza número 2 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia...