InicioSOCIEDADEl Supremo reconoce al personal temporal del Sergas las vacaciones no disfrutadas...

El Supremo reconoce al personal temporal del Sergas las vacaciones no disfrutadas como servicios prestados

Publicada el


El Tribunal Supremo ha reconocido al personal temporal del Servizo Galego de Saúde (Sergas) el derecho a que las vacaciones no disfrutadas en sus contratos computen como tiempo de servicios prestados a la administración a efectos de listas, oposiciones o carrera profesional.

La decisión ya es firme al haber sido rechazado el recurso de casación interpuesto por el Gobierno gallego ante el Alto Tribunal, que ratifica así el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra en marzo de 2021.

La sentencia, facilitada por la CIG y consultada por Europa Press, determina, en la línea de sentencias anteriores sobre trabajadores públicos con vínculo temporal, que éstos no pueden ser tratados desde la administración de una forma «menos favorable» que a los empleados fijos.

El Supremo indica que así lo establece la cláusula 4 del Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada, que recoge que, a no ser que existan «razones objetivas» que lo justifiquen, los temporales deben gozar de las mismas condiciones que aquellos que tienen plaza fija.

Así, el TS subraya en su sentencia que «la única razón dada» por el Sergas para oponerse a la reclamación de temporales «es que a ello se oponen las normas nacionales españolas», un argumento que no considera «convincente».

«Se trata de una razón formal, que nada dice sobre posibles diferencias sustanciales relevantes entre una relación fija y otra temporal. Además, como es sabido, si se diera una colisión entre la norma nacional y la norma de la Unión Europea, esta tendría prioridad», añade el Supremo.

Además, también rechaza la pretensión del Sergas sobre el cómputo de las vacaciones en los trienios como un doble lapso temporal, es decir, como vacaciones y como trabajo realizado.

Para el TS, esta contabilización «no signfica que el tiempo de vacaciones no deba tenerse en cuenta a efectos de los servicios prestados». «Resulta discriminatorio para el persoal temporal en relación con el persoal fijo que no se compute el tiempo de vacaciones compensadas económicamente como tiempo de servicios prestados», concluye el Tribunal.

últimas noticias

Crónica.- ‘Los Domingos’ arrasa en una gala de los Feroz correcta y sin grandes polémicas

La cinta dirigida por Alauda Ruiz de Azúa, 'Los Domingos', ha sido la gran...

Yolanda Díaz y Ernest Urtasun celebran en los Feroz el año «extraordinario» del cine español, con recuerdo para Adamuz

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz; y el...

Sucesos.- La mala combustión de un generador de gasóleo en Narón (A Coruña) obliga a trasladar a una persona al hospital

Una persona ha sido trasladada al hospital por una intoxicación por monoxido de carbono...

Temporal.- Las incidencias por ‘Ingrid’ casi superan las 700 en Galicia: la nieve y el granizo marcan el sábado

La borrasca 'Ingrid' ha dejado un total de 684 incidencias registradas por el 112...

MÁS NOTICIAS

Temporal.- El temporal costero del domingo pone en alerta roja al litoral de A Coruña y Lugo y en naranja a Pontevedra

La Xunta ha activado para este domingo alerta roja por temporal costero en el...

La Feria del Cocido de Lalín se promociona en Oviedo

La Plaza de Trascorrales, en Oviedo, ha acogido este sábado el acto de promoción...

Un hombre se enfrenta a cuatro años de cárcel acusado de apropiarse de 75.800 euros de su madre, que padecía alzhéimer

La Audiencia Provincial de Ourense acogerá el próximo jueves, a partir de las 09.30...