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Tribunales.- El TSXG valida los presupuestos municipales de Lugo de 2016, que habían sido recurridos por el CSIF

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha validado los presupuestos municipales de Lugo del año 2016 al desestimar el recurso que había presentado en su momento la Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF).

En sentencia con fecha de 2 de octubre, a la que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal gallego ha dado la razón al Ayuntamiento y ha estimado su recurso de apelación contra un fallo dictado en abril de 2018 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de la ciudad que estimaba la versión del sindicato.

En concreto, la organización pedía la anulación de las cuentas del 2016 por entender que Intervención, el órgano encargado de elaborar y fiscalizar los presupuestos, era «incompetente» para ello; porque detectaba «desajustes» entre el cuadro de personal del Consistorio y la relación de puestos de trabajo (RTP); porque consideraba anulada una partida de 1,1 millones signada al plan de empleo; y por no llevar a mesa de negociación la modificación de cinco puestos de operarios de saneamiento, así como sus complementos y destino específico.

Para motivar su decisión, el TSXG se remite a una sentencia dictada en junio de este año frente al recurso promovido por el sindicato Ágora contra las cuentas locales de 2018 –también rechazado–. Este fallo, en referencia a las competencias de Intervención, señala que «no cabe concluir que tal elaboración y fiscalización de los presupuestos se haya realizado por un órgano incompetente» a pesar de su «situación de transitoriedad».

«CLARO E IRREGULAR DESAJUSTE»

Además, el Tribunal Superior de Xustiza admite que existe un «claro e irregular desajuste» entre la RTP y el cuadro de personal, pero advierte que «si se diese una absoluta y perfecta correlación entre una y otro, se produciría el perverso efecto de que muchos trabajadores no podrían percibir las retribuciones que por su actividad en el municipio les corresponden, por insuficiencia presupuestaria».

Asimismo, el TSXG señala que la estimación del recurso «provocaría más nefastas consecuencias en cuanto pondría en peligro la existencia de actuales puestos de trabajo» y sus atribuciones. Por ello, el tribunal ve «excesivo, por contraproducente, declarar la nulidad» de los presupuestos. No obstante ello, subraya la «necesaria exigencia de que se ponga fin, de una vez por todas, a esa discrepancia».

En cuanto a no haber llevado a mesa de negociación la modificación de los cinco puestos de operario de saneamiento para aprobar un complemento específico, entiende que esta decisión «se adoptó en el ejercicio de las facultades de autoorganización» del Ayuntamiento.

Finalmente, al respecto de la partida de más de 1,1 millones asignada al plan de empleo, el TSXG no considera que se haya anulado sino que ha habido «una transferencia de crédito» entre capítulos –del II al V– entre la redacción inicial de los presupuestos y su versión final.

Por todo ello, el alto tribunal gallego ha estimado la apelación promovida por el Ayuntamiento contra la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo, tumbando así el recurso del CSIF a las cuentas municipales del año 2016.

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