El juez José Antonio Vázquez Taín recurrirá la sanción que le ha impuesto el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) — suspensión de diez días — al considerar que su participación en una productora audiovisual, y la labor que en ella desarrolla, es incompatible con su cargo como titular del Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña.
En una rueda de prensa junto a su abogada, Beatriz Seijo, ha asegurado que su intención es que se aclaren los términos en los que puede ejercer su actividad en este ámbito y que, de confirmarse la sanción, la acatará y la cumplirá en los días en los que no haya fijados juicios.
Sobre el motivo del expediente, del que ha explicado que tuvo conocimiento por los medios de comunicación, ha precisado que en su día él pidió autorización para acudir a los platós de televisión y que se le comunicó que podía y que tampoco hacía falta que lo hubiese solicitado.
«No solicité autorización para el ejercicio de guionista o director porque la ley dice que para las actividades artísticas no es necesario solicitarlo», ha insistido el juez Taín, quien ha apostillado que «no dice en ningún lado que tenga que hacerlo como persona física».
«La discusión es si lo puedo hacer como persona jurídica o me tengo que limitar a hacerlo como persona física y con otras productoras», ha apostillado en referencia a su vinculación empresarial con la productora con la que hizo el documental ‘El camino mozárabe: sangre, sudor y fe’, lo que ha motivado el origen del expediente.
SUSPENSIÓN DE LA SANCIÓN
«Quiero que quede claro en qué términos puedo hacer una actividad que me gusta», ha dicho Vázquez Taín, quien ha ratificado que ha pedido ya autorización como persona física para poder escribir guiones y también para ser director, en caso de considerarlo.
Sobre la sanción, tanto él como su abogada — que ha asegurado que «no hay jurisprudencia» para un caso como el que ahora se suscita– Taín ha aclarado que se puede pedir la suspensión del cumplimiento de la misma mientras no haya «expediente firme».
Con todo, sobre lo sucedido, ha lamentado que, en lo que ha limitado a discrepancias en una «cuestión jurídica», se haya «hilado tan fino». «Y no darme la oportunidad de cesar en la actividad antes de sancionarme». Pese a ello, ha manifestado que actuará «dentro de lo que diga» el CGPJ y a la espera de ver si los tribunales le dan «la razón».
Su abogada, por su parte, ha querido incidir en que en el expediente se remarca que la labor que desarrolla el juez Taín de manera paralela a su actividad judicial «no ha entorpecido» su labor en el juzgado.
«Se trata de un expediente disciplinario reservado pero que ha estado siempre en los medios de comunicación», ha afirmado, a su vez, Vázquez Taín, quien ha recalcado que no hay «ningún párrafo» que diga que la actividad vinculada al ámbito audiovisual por un juez «tenga que se ejercida como persona física». «Creí que la podía ejercer como persona jurídica siempre que me limitara a mis obras y creaciones», ha insistido.
EXPEDIENTE
En concreto, la comisión disciplinaria del CGPJ acordó suspender al juez –conocido por haber sido instructor de casos como el del robo del Códice Calixtino de la Catedral de Santiago o del asesinato de Asunta– durante 10 días por una «falta muy grave».
Fue el pasado junio cuando se dio a conocer que el CGPJ había abierto un expediente disciplinario al juez gallego después de que el promotor de la acción disciplinaria del órgano comprobara que Vázquez Taín ejercía otras actividades ajenas a la judicatura sin haber recabado el permiso necesario.