La Diputación de Lugo ha mostrado su satisfacción por una sentencia que interpretan como un respaldo al acuerdo adoptado por el consorcio provincial de bomberos el pasado mes de junio sobre la condición de fijos para los bomberos y que va en una línea diferente al fallo judicial que consideró dicho acuerdo una «declaración de intenciones».
Según ha trasladado este sábado el gobierno provincial, la sentencia del juzgado de lo Social número 4 de Lugo archiva la demanda de un trabajador que demandaba el reconocimiento de la condición de indefinido al considerar que el acuerdo del consorcio de junio ya lo hace de forma extrajudicial.
La diputación destaca que la jueza del juzgado recoge en su resolución que la decisión de junio «reconoce la condición de personal laboral fijo» a los bomberos del servicio provincial y que, por lo tanto, existe una «pérdida sobrevenida de objeto» en la demanda del trabajador, lo que la lleva a archivar el procedimiento por «satisfacción extraprocesal».
El fallo de este juzgado contrasta con la sentencia hecha pública a comienzos del mes de agosto que sí reconoce por vía judicial la condición de personal indefinido fijo a tres bomberos asociados al consorcio provincial. En este caso, la justicia consideró que el acuerdo del consorcio no era firme y, por lo tanto, constituía una «declaración general de intenciones».
Ahora, el gobierno que preside José Tomé –reelegido recientemente como máximo responsable del consorcio provincial de bomberos– cree que la nueva sentencia «desmonta el intento de manipulación de la realidad» que, dice, llevan a cabo los trabajadores con su pretensión de reclamar por la vía judicial algo que «ya» tienen «reconocido» por vía administrativa.
A renglón seguido, ha defendido que el consorcio «está actuando con total seguridad jurídica y siguiendo punto por punto lo que establece la sentencia de unificación de doctrina que dictó el Tribunal Supremo el 22 de enero de 2022 con respeto al caso de una trabajadora del SAF de Navarra, que abrió la puerta a la fijeza de los trabajadores de los parques de bomberos sin que tengan que pasar por un proceso selectivo porque tenían esta condición antes de la subrogación de una empresa personal a la Administración pública».