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El jurado considera al acusado del crimen de Chapela culpable de asesinato con dolo eventual

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El tribunal de jurado constituido en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha declarado culpable de asesinato a Manuel M.B., juzgado por asfixiar a su proveedor de cocaína en su domicilio de la parroquia redondelana de Chapela, en enero de 2021.

El tribunal popular ha considerado probado por unanimidad que Manuel, en la noche del 27 de enero de 2021, llamó a Roberto C.P. para ir a su casa a comprarle cocaína y que llevó consigo unos guantes de latex y una cinta de embalar. También entiende por unanimidad probado el hecho de que lo mató, y que luego le ató manos y piernas y lo amordazó con la cinta que había llevado.

Con respecto a la alevosía, la mayoría del jurado (7 votos contra 2) considera que Manuel agarró por el cuello a la víctima, desde su espalda, sin que Roberto tuviera posibilidad de reaccionar y defenderse. Asimismo, por la misma mayoría han determinado que la patología previa de laringe que padecía, junto al hecho de que tenía comida en la boca (estaba cenando en el momento del ataque) y que se le había movido la dentadura postiza, facilitaron una asfixia más rápida.

El jurado ha determinado que Manuel cometió un asesinato con dolo eventual, es decir, que aunque no tuviera intención de matar sabía que con su acción podría provocar la muerte a la víctima y aún así no detuvo esa acción.

ATENUANTES

En lo que se refiere a las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, el tribunal popular ve probada la atenuante de cooperación con la justicia, porque Manuel indicó a la Policía donde había enterrado las llaves y el teléfono de Roberto, que se llevó de su casa después de asfixiarlo.

Por otra parte, y en base a los informes forenses, consideran por unanimidad que el acusado no tenía una patología psiquiátrica y que «discernía el bien y el mal» cuando actuó. No obstante, la mayoría de miembros del tribunal han entendido que su trastorno de personalidad, con dificultades para controlar sus impulsos, y su adicción a la droga, pudieron mermar levemente sus capacidades.

Al aplicarse dos atenuantes, la Fiscalía, que inicialmente pedía 18 años de cárcel por asesinato, ha tenido que rebajar un grado su calificación y, por tanto, también la petición de condena, de manera que solicita que se le impongan 14 años y 11 meses de cárcel.

La defensa, que pedía una condena por homicidio imprudente, ha solicitado la pena mínima para asesinato con esas dos atenuantes, de 7 años, 6 meses y un día de prisión.

El tribunal de jurado se ha mostrado desfavorable por unanimidad a que se le conceda a Manuel M.B. la suspensión de la ejecución de la pena o el indulto.

HECHOS

El asesinato de Roberto C.P. ocurrió en la noche del 27 de enero de 2021, y su cuerpo fue localizado el 30 de enero. El acusado acudió a su casa a comprar droga y, como su proveedor no le quiso fiar, lo agarró por el cuello por detrás y lo asfixió.

A continuación, lo ató de pies y manos y lo amordazó con cinta de embalar, y se fue del domicilio, en la parroquia de Chapela (Redondela) llevándose las llaves y el teléfono móvil de la víctima, que luego escondió en una zona de monte.

Manuel M.B. fue detenido a mediados de marzo de 2021, tras una investigación en la que las huellas y el ADN en un trozo de guante que se quedó bajo el cadáver, así como el análisis de las conexiones de antenas de telefonía móvil, llevaron a la Policía hasta él.

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