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El TSXG anula la instrucción del Sergas que permitía renovar recetas a los farmacéuticos de Atención Primaria

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado el recurso interpuesto por el Consello Galego de Colexios Médicos de Galicia contra la resolución del Sergas, de octubre de 2021, en la que aprobó la instrucción dirigida a los farmacéuticos de Atención Primaria para decidir continuar el tratamiento crónico de los pacientes. La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo, por tanto, la ha anulado y dejado sin efecto.

La Sala subraya que la resolución del Sergas «no iba dirigida a paliar problemas temporales de accesibilidad asociados a la pandemia de la covid-19, como las anteriores, sino que tenía vocación de permanencia, al referirse a la situación que se presentaba ‘en determinadas épocas del año debido a la carencia de profesionales para la cobertura de ausencia’, así como a la mayor carga de trabajo que a los facultativos les suponía contar con ‘una sociedad envejecida, con mayor cronicidad y pluripatología'».

«Una cosa es que se relaje el procedimiento para aprobar la instrucción y otra es que esta esté huérfana de cualquier trámite precedente, pues no consta informe, estudio, memoria o propuesta alguna que avale la necesidad de su contenido», destacan los jueces.

Además recalcan que la instrucción habilita a los farmacéuticos «para comprobar la necesidad o no de dar continuidad, pero también la de revisar la prestación farmacéutica que solo los médicos pueden prescribir, aún en el caso de pacientes que cuenten ya con una medicación indicada para su enfermedad crónica».

POSTURA DE LOS MÉDICOS

Sobre esta medida aprobada en su día por el Sergas, el Colegio de Médicos de A Coruña, que propuso el recurso, recuerda que permitía a los farmacéuticos de ese nivel asistencial renovar tratamientos a los pacientes crónicos en determinadas circunstancias, «menoscabando las competencias de los médicos».

El Colegio de Médicos coruñés celebra el fallo, del que destaca que se tomara la decisión «sin aportar estudios, memorias, informes o propuestas que avalen la necesidad de adoptar las medidas ahí acordadas» y la anulación de la instrucción, «algo que beneficiará a la seguridad sanitaria de todos los ciudadanos».

«La decisión del Sergas se tomó de forma unilateral para tratar de paliar la falta de médicos en Atención Primaria, un parche que no soluciona el problema de un nivel asistencial imprescindible para el correcto funcionamiento del sistema sanitario, sino que lo alarga en el tiempo», añade.

También sostiene que «el déficit de facultativos no puede solucionarse otorgando competencias a otras profesiones que, por otro lado, están claramente recogidas en la legislación, donde se marca qué materias y técnicas son responsabilidad de cada profesión sanitaria, sino a través del incremento y la reorganización de los recursos humanos».

La sentencia, además, condena al Sergas a abonar las costas del procedimiento. La decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia no es firme y ante ella cabe la interposición de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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