Quien fue directora general de Recursos Humanos, secretaria general y del consejo de Adif, María Rosa Sanz Cerezo, quien certificó que el ex director de seguridad acusado en el juicio por el accidente del Alvia –Andrés Cortabitarte– tenía competencias sobre seguridad, ha matizado que eran «más cuestiones como de ejecución o interpretación, más que normativas».
En la causa consta un certificado de esta ex alto cargo de Adif que indica que las competencias sobre medidas de seguridad se hallaban delegadas en el director de seguridad en la circulación del administrador, en referencia a la aprobación de circulares e instrucciones.
Este miércoles, en la décimo primera jornada del juicio, que ha arrancado con algo más de una hora de retraso por problemas técnicos, ha matizado «que esas instrucciones y circulares» según su criterio «no suponían una potestad normativa para el señor director general de seguridad». «Debía actuar en el marco del reglamento y se trataba más bien de instrucciones interpretativas o de aplicación, entiendo», ha destacado.
Sanz Cerezo ha comparecido en calidad de testigo propuesta por el abogado del maquinista Javier Illanes, que fue quien llevó el tren desde Medina del Campo hasta Ourense.
El conductor desde allí hasta Santiago, Francisco Garzón, es el otro acusado junto a Cortabitarte, por frenar tarde al atender una llamada del interventor al teléfono corporativo y tomar la curva de A Grandeira con un exceso de velocidad. Murieron 80 personas y 145 resultaron heridas.
«LA POTESTAD ESTÁ DONDE ESTÁ»
Ante su pregunta sobre si Cortabitarte «tenía plenos poderes para legislar en materia de seguridad», le ha respondido que no. «Creo que, con todo respeto, según mi criterio, creo que eso no es exacto. La potestad está donde está», ha resuelto.
Así, ha insistido en que, en su opinión, el cargo de seguridad de Adif «tenía que cumplir lo que decía el reglamento general de circulación y todas las normas técnicas, las de interoperabilidad etcétera».
«Todo el marco normativo tenía que respetarlo», ha insistido, antes de incidir en que, desde su punto de vista, «no podía modificar» el reglamento.
Cortabitarte tuvo una dependencia orgánica de la Dirección General de Recursos Humanos y la Secretaría General del Consejo entre marzo y junio de 2013. Actualmente, esta abogada del estado presta servicios en Hacienda.
A cuestiones sobre el certificado de seguridad que emitió la dirección de este cargo –quien se sienta en el banquillo de los acusados por el análisis de riesgos de la línea–, esta testigo ha indicado que «en la autorización de puesta en servicio constan distintos documentos», entre ellos el que firmó Cortabitarte.
Precisamente sobre esa responsabilidad de evaluar los riesgos ha sido preguntada más tarde, a lo que ha señalado que, según recuerda, «en sus funciones enumeradas y competencias no tenía explícitamente esa competencia de evaluación y gestión de riesgos», o al menos «no figuraba».
LA DESCONEXIÓN DEL ‘ERTMS’
Por último, sobre la autorización de la desconexión del sistema ‘ERTMS’ embarcado, se ha limitado a indicar que el director de seguridad «tenía competencias delegadas del consejo», pero que desconoce si esa medida «se enmarca dentro de ese marco de delegación o por las competencias propias que le competían». El consejo, por su parte, no fue «informado», pero «nunca» vio que ese tipo de decisiones se trasladaran.
«Ese tipo de decisiones de carácter tan técnico no se informaban ni al comité ni al consejo. Sí se informaba de la puesta en servicio de una línea, temas de contratación, patrimoniales… Pero ese tipo de decisiones tan técnicas es que no pasaban por esas mesas, no sé», ha concluido.
ADIF Y RENFE
En representación de otras partes, ha tomado la palabra, en primer lugar, el representante de Abogacía del Estado, por Adif, quien le ha interrogado por un detalle sobre las competencias delegadas.
El abogado de QBE, la aseguradora de Renfe, ha sido reprendido por la jueza por hacer preguntas «impertinentes» en relación con su calidad de abogada del estado y también se ha interesado por aspectos relativos a las pólizas, los gastos de defensa de los acusados y su efecto sobre las indemnizaciones.
LOS ACUSADOS
La defensa de Cortabitarte le ha interpelado por el manual de seguridad en la circulación, leyendo una frase según la cual «cada área es responsable en materia de seguridad». «¿Es esto así?», le ha inquirido, a lo que esta testigo ha contestado que sí y ha agregado que existía una «atomización» con responsables «expertos» técnicamente.
Por último, la defensa del otro acusado, el maquinista, le ha exhibido varios documentos, uno de ellos con el que la dirección general de seguridad modificaba el reglamento general de circulación. «No sé si en un caso concreto se podía excepcionar», ha resaltado la testigo, al admitir que la consigna hablaba sobre cambios en las normas.
Y en este sentido, ha ahondado en su respuesta: «Hasta donde yo sé, la competencia era más de aplicación o interpretación. Es verdad que ahí dice de modificación. Pero no sé si después hubo algún trámite. Creo que el reglamento tenía rango de orden ministerial, y por principio puede modificar una norma la misma autoridad que la ha dictado, pero no le puedo decir».