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La denuncia por acoso a una joven de Sanxenxo que perdió la protección recae ahora en un juzgado de violencia de género

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La denuncia que interpuso una joven de 20 años de Sanxenxo (Pontevedra) por acoso del que indicó que había sido su novio, y que perdió las medidas de protección dictadas inicialmente por el juzgado número 2 de Cambados, se dirimirá ahora en el juzgado número 3, que es competente de violencia de género.

Esta resolución abre la posibilidad a que se adopten decisiones derivadas de la instrucción de un caso que, en palabras (durante la Comisión de Política Social del Parlamento este jueves) de la secretaria xeral de Igualdade, Susana López Abella, mantiene «aterrados» a todos los miembros de la familia de la joven.

Inicialmente, el juzgado número 2 de Cambados (Pontevedra) otorgó medidas de protección a la joven que denunció el acoso, pero la Audiencia Provincial retiró las medidas concedidas. Sin embargo, ahora la sección cuarta viene de resolver la competencia de la denuncia, según un auto que ha dado a conocer el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que determina que es el número 3 el competente, por estar ante un posible delito de violencia machista.

«Nos hallamos ante un supuesto de violencia de género, por lo que la competencia, de conformidad con las normas procesales, debe de ir atribuida al juzgado que tenga la competencia en materia de violencia sobre la mujer», apunta en el auto, recogido por Europa Press. En este caso, como se explicita, se trata del número 3 de los de Cambados.

Entre los argumentos recogidos, se incluye que, examinados los antecedentes del caso, con la «provisionalidad que resulta» al situarse la cuestión en los «inicios de la investigación» y, «al no contar con otros datos en estos momentos», se «ha de partir» de la propia declaración de la víctima que «califica la relación mantenida con el investigado de ‘noviazgo'».

«Y sin entrar ahora en otro tipo de consideraciones, porque, insistimos, se carece de datos indiciarios que permitan efectuar una valoración diferente, consideramos que resulta competente por razón de la materia el Juzgado de Instrucción número 3 de los de Cambados con competencia en materia de violencia sobre la mujer, sin perjuicio de lo que pueda resultar a lo largo de la investigación», señala el auto.

En febrero de 2022, el juzgado de instrucción número 2 acordó abrir diligencias y rechazó la inhibición del juzgado número tres, lo que desembocó finalmente en la elevación de la cuestión de competencia ante la Audiencia Provincial.

INHIBICIÓN

La víctima interpuso sendas denuncias por hechos ocurridos en la proximidad del tiempo en ambos juzgados. Inicialmente, explica el auto, debería recaer toda la causa en el primero de ellos, pero la Audiencia Provincial resuelve que debe de ser el juzgado número 3 por ser el que tiene competencias de violencia de género y por tratase, indiciariamente, de un caso de este tenor.

La defensa del acusado recurrió la inhibición del juzgado número 2 en favor del 3 efectuada el 9 de febrero de 2022, lo que hizo «solaparse» las decisiones, explica el auto.

Caso presunto acoso Sanxenxo: La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha emitido hoy un auto en el que resuelve la cuestión de competencia planteada por los dos juzgados de instrucción de Cambados (el nº2 y el nº3, este último con competencia en violencia sobre la mujer) y por la defensa del investigado. El tribunal considera que resulta competente, por razón de la materia, el Juzgado de Instrucción nº3 de Cambados. Adjuntamos el auto:

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