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El ocio nocturno podrá abrir hasta las 4 ya este fin de semana, pero el sector se ve abocado a posponerlo

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El ocio nocturno podrá acogerse a la apertura hasta las 4 de la madrugada con un aforo del 75 por ciento desde este fin de semana, pero el sector se ve abocado a posponer esta ampliación de horario y de capacidad, puesto que la «improvisación» en la puesta en marcha de las medidas impiden su cumplimiento en apenas unas horas antes de la entrada en vigor.

Fuentes del sector han confirmado a Europa Press que hay «rotura de stock» en los aparatos de medidores continuos de CO2 (solo se piden para el ocio nocturno, no son los mismos que en hostelería general) y que todavía no cuentan con la aplicación que la Xunta se comprometió a diseñar para la lectura de los certificados europeos de vacunación, el cual también serviría para realizar el registro de clientes de forma automática.

Sin estas medidas, junto con otros requisitos como la incorporación de señalización específica, explican que en apenas unas horas no se pueden adaptar a las medidas que exige el nuevo protocolo de covid-19, que han negociado con la Xunta pero que hasta su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) bis a primera hora de esta tarde no conocían en su totalidad en detalle.

Asimismo, el sector había pedido una moratoria en la aplicación de ciertas medidas, lo cual solo viene contemplado, según el DOG consultado por Europa Press, para la realización de los cursos de formación del personal empleado (cuya duración y temática varía en función de si el establecimiento se adhiere al nivel de más seguridad o al nivel general).

DISTANCIA Y MASCARILLA

El Diario Oficial de Galicia recoge que el uso de la mascarilla será obligatorio en todo momento, salvo las excepciones de uso que rigen en general (incluido comer y beber).

No está permitido el consumo en la barra, aunque se podrá servir a los clientes a través de ella, «respetando las distancias de seguridad e impidiendo la formación de aglomeraciones».

Una de las principales novedades es la distancia interpersonal. Aunque se incluye que la persona titular del establecimiento debe «adoptar las medidas organizativas que resulten necesarias para que clientes y trabajadores puedan mantener, con carácter general, la distancia de seguridad recomendada», no se impone como obligatoria.

En particular, Xunta incorpora al protocolo que deben adoptarse las medidas organizativas para posibilitar que, en el momento en que se esté circulando por el local, se puedan cumplir con carácter general las distancias de seguridad interpersonal recomendadas.

LOCALES CON ESPECTÁCULOS MUSICALES

El DOG también incluye que en los establecimientos en los que se ofrezcan espectáculos musicales o de animación, se establecerá un espacio de seguridad entre el escenario y el público de, por lo menos, tres metros.

Asimismo, las medidas del escenario determinarán el número de miembros máximo que puede conformar el grupo artístico, teniendo en cuenta las recomendaciones de mantener las distancias de seguridad. En el caso de espectáculos musicales, serán aplicables las medidas específicas para la actuación y ensayos de orquestas, bandas y otras agrupaciones musicales.

DOS NIVELES DE CUNCHIÑAS

El protocolo establece dos niveles de seguridad. El nivel 1 cunchiña, el general, cuenta con un aforo del 50 por ciento en interior y 75 por ciento en exterior, y el horario de cierre es a las 3 de la madrugada.

En este ámbito, rigen las medidas generales y el curso a realizar por el personal es de menor duración (dos horas). En este caso, hay un periodo de dos meses para completar este requisito.

El nivel 2 cunchiñas, que permite un aforo interior del 75 por ciento y del 100 por cien en terrazas y abrir hasta las 4 de la madrugada, el curso de formación es de 4 horas (también con ese periodo de adaptación). En este nivel la novedad principal es el requisito del certificado covid –de vacunación, prueba negativa o certificado de recuperación de la enfermedad–.

AVAL DEL TSXG

La solicitud del certificado covid viene de ser avalada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) este mismo viernes.Los magistrados argumentan que la medida está «justificada», puesto que se trata de «espacios cerrados, en los que se establecen contactos próximos y prolongados, y con escasa renovación del aire, en algunos casos, y realización de actividades en las que es necesaria la retirada de la mascarilla».

Además, han tenido en cuenta que en este tipo de locales se realizan «acciones que ocasionan una mayor generación de aerosoles, como hablar, en ocasiones, con un tono de voz mayor del normal o cantar».

Del mismo modo, en el auto sostienen que estos lugares de ocio son «espacios de socialización, que favorecen la relajación de la atención necesaria para mantener las medidas individuales de prevención –uso de mascarilla y mantenimiento de la distancia de seguridad–, a lo que puede contribuir el consumo de alcohol».

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