Un total de 122 ayuntamientos gallegos, de los 313 que hay en la Comunidad, –lo que representa casi un 39% de los mismos–, no notificaron casos de covid en la última semana.
Así, el número de localidades sin casos en los últimos 14 días fue de 67, el 21%. Esto supone un aumento en 18 ayuntamientos a 14 días y en 40 ayuntamientos a siete días desde hace una semana, que era de 49 y 82, a 14 y la siete días.
Estos son algunos de los datos que incluye el boletín del Diario Oficial de Galicia (DOG), publicado este viernes y que recoge las nuevas medidas anticovid adoptadas por el comité clínico el pasado martes. En la orden se señala que dichas restricciones entrarán en vigor a las 00,00 horas del día 11 de septiembre.
MAPA DE RESTRICCIONES
El DOG recoge el nuevo mapa de restricciones, en el que ya no hay ninguna localidad en nivel máximo –Monforte de Lemos y Melide pasan a nivel alto y Ordes directamente al medio, dada su «magnífica evolución»–.
En nivel alto, entonces, estarán los municipios de Melide, Monforte de Lemos, Curtis, A Pobra de Trives y Viana do Bolo, que representan un 1,3% de la población. Por su parte, en nivel medio, se encontrarán 16 localidades: Muros, Santa Comba, Agolada, Arzúa, O Pino, Ordes, Lugo, Taboada, Antas de Ulla, Castro de Rei, Monterroso, Palas de Rei, Sarria, Arteixo, Muxía y Nigrán.
El resto de localidades gallegas estarán en nivel medio-bajo. Además, se mantienen sin cambios las limitaciones a las reuniones, de seis personas en interiores y diez en exteriores entre las 1,00 y las 6,00 horas en los niveles máximo y alto; y entre las 3,00 y las 6,00 horas para el medio y medio-bajo.
COMPETICIONES DEPORTIVAS Y CULTURALES
El Diario Oficial incluye a su vez las nuevas medidas para las competiciones deportivas. En el nivel máximo, aquellas celebradas en instalaciones con una capacidad máxima permitida hasta 1.500 personas, podrán desarrollarse sin superar el 50% de su aforo, siempre que el público asistente permanezca sentado, garantizando 1,5 metros de separación entre grupos de personas no convivientes y con un límite máximo de 250 personas para lugares cerrados y de 500 personas en actividades al aire libre.
En el resto de niveles, podrán desarrollarse sin superar el 75% de la capacidad permitida, siempre que el público permanezca sentado, con 1,5 metros de separación entre grupos de personas no convivientes y con un límite máximo de 500 personas para lugares cerrados y de 1.000 personas para actividades al aire libre.
Por otra parte, las actividades en cines, teatros, auditorios y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, podrán desarrollarse, sin superar el 50% del aforo permitido en las localidades en nivel máximo –siempre que el público asistente permanezca sentado–.
En los ayuntamientos de los restantes niveles, estas actividades podrán desarrollarse sin superar el 75% de su capacidad, también con los asistentes sentados.
Además, destacan que deberán realizarse tareas de ventilación en las instalaciones cubiertas por espacio de, por lo menos, 30 minutos al inicio y al final de cada jornada, así como de forma frecuente durante esta y obligatoriamente al finalizar cada actividad.
También deberá existir un registro de asistentes al evento, que deberá ser custodiado durante el mes siguiente, con la información de contacto, disponible para las autoridades sanitarias.
ESPECTÁCULOS MUSICALES Y TURISMO
En lo que respecta a espectáculos musicales y artísticos al aire libre, los que cuenten con público de pie únicamente podrán tener lugar en los ayuntamientos en el nivel más bajo de restricciones y sin superar el 33 % de la superficie útil del recinto, de manera que cada persona disponga de tres metros cuadrados, con un límite máximo de asistentes de 2.000 personas.
Los organizados con público sentado podrán desarrollarse, sin superar el 50% de la capacidad permitida y con un límite máximo de 2.500 personas en las localidades en nivel máximo y alto. En los municipios en nivel medio y medio-bajo, estas actividades podrán desarrollarse sin superar el 75% del aforo, con un límite máximo de 5.000 personas.
El comité clínico también acordó cambios en las medidas que rigen las actividades turísticas, centros de interpretación y visitantes y establecimientos similares.
Así, podrán realizarse actividades de turismo al aire libre, organizadas por empresas habilitadas para eso, y la actividad de guía turístico para grupos de hasta un máximo de 30 personas más el monitor, sean o no convivientes, con la distancia de seguridad interpersonal necesaria durante el desarrollo de la actividad, excepto en el caso de personas convivientes.
En los centros de interpretación y visitantes, en las aulas de la naturaleza, en los stands y en los puntos de información no se podrá exceder el 50% de su capacidad y deberá respetarse el máximo de diez personas en las actividades grupales en el interior o de 30 personas en el exterior, sean o no convivientes.
CENTROS CÍVICOS Y SOCIALES
Por otro lado, los centros sociocomunitarios, centros cívicos y sociales y demás, podrán realizar su actividad con una capacidad del 50% en ayuntamientos en nivel máximo y alto, y del 75% en localidades en nivel medio y medio-bajo, «siempre que se extremen las medidas de protección en las actividades de tipo grupal que se realizan en ellos», con un máximo de seis personas sean o no convivientes, excluido el monitor o guía, para las actividades grupales.
El DOG señala además que permanecerán abiertos los centros de día de mayores y personas con discapacidad y los ocupacionales, así como las casas del mayor.