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Parejas y personas que viven solas, excepciones a la prohibición de reuniones de no convivientes en Galicia

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Las parejas, las personas que viven solas y los padres que no comparten domicilio con sus hijos son algunas de las excepciones que contempla la Consellería de Sanidade para las limitaciones de reuniones de no convivientes que regirán a partir de la medianoche de este sábado a domingo, cuando decaiga el estado de alarma.

Según la orden publicada este viernes por la noche en el Diario Oficial de Galicia (DOG), las medidas establecidas para hacer frente a la pandemia de la covid-19 ratifican lo ya anunciado el jueves por el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo.

Entre ellas, está la limitación de las reuniones exclusivamente a personas convivientes en municipios que se encuentran en los niveles máximos de restricciones por su alta incidencia–Cambados, Cualedro, Laza, Padrón y Vilanova de Arousa–, bien sean en espacios públicos o bien en privados. En el resto de ayuntamientos gallegos, esta prohibición solamente estará vigente entre la 1,00 y las 6,00 de la madrugada.

Sin embargo, la propia orden del DOG vuelve a recoger varias excepciones. Una de ellas es la de personas que viven solas, que podrán adherirse a una unidad de convivencia ampliada. Eso sí, cada unidad de convivencia solo puede anexionar una persona a mayores.

Además, se permiten los encuentros entre menores de edad y sus padres, así como de matrimonios y parejas, cuando vivan en domicilios diferentes. También estarán permitidas las reuniones que tengan por objeto el cuidado y la atención a personas menores de edad, mayores, depndientes, con discapacidad y con vulnerabilidad.

Otra de las excepciones afecta a actividades laborales, institucionales, empresariales, profesionales, sindicales, administrativas, educativas, y formativas, además de la práctica de deporte federado, aunque «siempre que se adopten las medidas previstas en los correspondientes protocolos», añade la orden de Sanidade.

CIERRE PERIMETRAL EN CINCO MUNICIPIOS

En el caso de los ayuntamientos de Cambados, Cualedro, Laza, Padrón y Vilanova de Arousa, aparte de la prohibición de reuniones a personas convivientes, estarán cerrados perimetralmente, lo que implica que nadie puede entrar o salir del término municipal sin justificación.

Entre los desplazamientos permitidos, se encuentran la asistencia a centros sanitarios; las obligaciones laborales, institucionales, legales y sindicales; la asistencia a centros educativos –también escuelas infantiles–; la atención y cuidado de menores, mayores, dependientes y discapacitados; el cuidado de huertas y animales; entrenamientos y competiciones deportivas del ámbito federado; y el desplazamiento a entidades financieras, de seguros y estaciones de servicios en territorios limítrofes.

A mayores, la orden de Sanidade recoge como excepción general para las reuniones de no convivientes y para los cierres perimetrales las acciones de caza del jabalí y del lobo que estén autorizadas de acuerdo con la planificación de la temporada 2020/21, así como en caso de que estas especies provoquen daños a la agricultura y accidentes graves de tráfico continuos en un mismo punto.

TOQUE DE QUEDA EN CINCO MUNICIPIOS

Asimismo, en los cinco ayuntamientos con mayor nivel de restricción continuará en vigor el toque de queda de 23,00 a 6,00 de la mañana, una medida que ya no regirá para el resto de Galicia.

De este modo, los vecinos tan solo podrán circular por la vía pública entre esas horas por motivos como adquirir medicamentos y bienes de primera necesidad; asistir a centros y servicios sanitarios, además de veterinarios en caso de urgencia; realizar actividades laborales, legales e institucionales, y volver al domicilio después de estas; cuidar a personas mayores, menores, discapacitadas o dependientes; y por otras causas de fuerza mayor.

EFICACIA HASTA EL 22

Todas estas medidas entrarán en vigor a partir de las 00,00 horas de este domingo 9 de mayo, pero deberán ser ratificadas por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en tanto que afectan a derechos fundamentales de la ciudadanía y ya no estará activado un estado de alarma.

En principio, tendrán eficacia hasta las 00,00 horas del próximo sábado 22 de mayo, tal y como figura en la orden publicada en el DOG, que también establece que estas restricciones podrán ser prorrogadas, modificadas y canceladas tras un proceso de «seguimiento y evaluación» de su adecuación a la situación epidemiológica.

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