El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo ha dictado un auto por el que desestima un recurso interpuesto por la Federación de Asociaciones Vecinales de Vigo (FAVEC), contra la decisión del gobierno local de desalojarlos de su sede en un edificio de la Plaza de la Princesa.
Así, en diciembre del año pasado, el gobierno local acordó suspender temporalmente (por 13 meses) la cesión del derecho de uso de la segunda planta del edificio situado en el número 7 de la Plaza de la Princesa, donde también tienen su sede otras entidades, entre ellas, la Oficina de Rehabilitación o una unidad de acción social municipal.
La Federación Vecinal acudió a los tribunales para reclamar que se paralizase ese desalojo por los «graves perjuicios de difícil o imposible reparación» que tendría para la entidad o que, subsidiariamente, se les buscase un local alternativo para realojarse.
El juzgado ha desestimado esta pretensión porque, por un lado, el Ayuntamiento no resuelve el convenio que tiene con la FAVEC desde 2005, sino que lo suspende temporalmente y, por otro, la entidad vecinal está en situación de «debilidad jurídica» frente a la administración que le cede el local.
A ello añade que la sede es un elemento de dominio público y «el desalojo no es caprichoso, ni súbito, sino que se haya ampliamente motivado», y responde al mal estado en el que se encuentra en el edificio, con el riesgo que ello supone.
Por otra parte, el magistrado también señala que se están tramitando los expedientes para la regulación de la cesión de locales públicos a entidades como la Federación y que, según alega el propio consistorio, «en situación similar a la interesada existen casi un centenar de solicitudes anteriores para que el Ayuntamiento ceda locales de manera gratuita».
En todo caso, en el auto el juez expone que el Ayuntamiento ha informado de su oferta de un local en el Casco Vello para la FAVEC (una oficina que, según la entidad vecinal es un «zulo» sin apenas espacio en el que no pueden desarrollar su labor). Contra este auto cabe recurso de apelación en el plazo de 15 días.