El Juzgado de lo Social 3 de A Coruña ha reconocido el derecho de los trabajadores de la empresa que presta el servicio de ayuda en el hogar de Ordes-Frades a cobrar el salario de 2018 con las actualizaciones de las tablas fijadas en el convenio de aplicación.
Según recoge la sentencia, contra la que cabe recurso, el juez ha estimado en parte una demanda presentada por Comisiones Obreras (CC.OO.) y ha señalado que la empresa «no ha presentado una prueba suficiente y sólida que pruebe que ha abonado las diferencias salariales derivadas de la actualización de las tablas salariales correspondientes». Por ello, ha reconocido el derecho de los trabajadores a percibir su remuneración relativa a 2018 con las mismas.
Además, ha apreciado «incumplimientos relevantes de los descansos semanales» de trabajadores en el cuadrante enviado por la empresa a la representación legal de los mismos. Aunque ha declarado el derecho de los empleados al descanso mínimo regulado, no ha condenado a la empresa a abonar una indemnización por daños y perjuicios tras apuntar que el sindicato no ha presentado «un cálculo detallado» de la que correspondería para cada caso.
Del mismo modo, el titular del juzgado ha declarado el derecho de los trabajadores afectados por este conflicto con jornadas a tiempo parcial o jornadas especiales a que se les reconozcan las mínimas establecidas en el convenio tras concluir que estos no ostentan turnos mínimos de 24 y 25 horas.
Sin embargo, ha descartado condenar a la empresa a abonar a determinados empleados una indemnización por incumplir la jornada mínima prevista. Así, ha explicado que en la demanda no se identifican los trabajadores que reclaman esta indemnización, no se cuantifica a cuánto ascendería en cada caso y no se presentan «los hechos concretos» que justificarían el daño o perjuicio de cada uno.
Por su parte, CC.OO. ha avanzado que se reunirá con los trabajadores para trasladarles los efectos de la sentencia y las acciones que se pueden llevar a cabo ante la misma. Además, el sindicato solicitará al Tribunal de Contratación Pública la rescisión del contrato a Aralia Servicios y la adjudicación a otra empresa, con la subrogación de las 46 empleadas.