La Fiscalía ha retirado este jueves un delito por enaltecimiento del terrorismo para tres de los doce independentistas gallegos juzgados esta semana en la Audiencia Nacional por «justificar» y «ensalzar» el ideario de Resistencia Galega, pero ha mantenido los otros tres delitos de enaltecimiento que se les imputaban y el de integración en una organización criminal, confirmando la acusación inicial para el resto de acusados, con penas que oscilan entre los cuatro y doce años de cárcel.
El Ministerio Público ha informado de que retira un delito de enaltecimiento del terrorismo –penado con dos años de prisión– para Óscar Gómez Crespo, miembro de Causa Galiza, y Alfonso García y Uxío Caamaño, ambos miembros de Ceivar, si bien los tres permanecen acusados de otros tres delitos de enaltecimiento y de un delito de integración en una organización criminal para la comisión de delitos de enaltecimiento de una organización terrorista, por el que pide cuatro años de cárcel.
El fiscal ha explicado que ha decidido retirar este delito por el acto celebrado en homenaje a Héctor José Naya Gil, alias ‘Koala’ y procesado como miembro de Resistencia Galega, porque el Tribunal Supremo ha determinado que «no participó en los hechos constitutivos de delito, por lo que no cabe hablar de enaltecimiento» del terrorismo. Asimismo, ha retirado la mención de que Caamaño es miembro de la organización terrorista.
Para los demás investigados, la Fiscalía ha mantenido su acusación. Así, a los miembros o simpatizantes de Causa Galiza se les imputa: un delito de integración en organización criminal y cuatro de enaltecimiento (un total de 12 años de cárcel) para Juan José Pérez Lorenzo; uno de integración y dos de enaltecimiento (8 años) para Salvador Gómez Crespo y Borja Mejuto; uno de integración y otro de enaltecimiento (6 años) para José Antonio Fernández González, José Antonio González Maceiras, Enrique Torres e Isabel Iglesias; y dos de enaltecimiento (4 años), para Antón Arias. Para Iria Calvelo, de Ceivar, se solicitan 10 años de cárcel por un delito de integración y tres de enaltecimiento.
Los hechos investigados giran en torno a los actos celebrados en 2014 y 2015 con motivo del 11 de octubre, Día da Galiza Combatente, organizados por Causa Galiza y en los que participaron algunos de los acusados, y a los actos de recibimiento a presos condenados por violencia, incluidos de Resistencia Galega, planificados por Ceivar y a los que también asistieron parte de los procesados.
El Ministerio Público ha reclamado asimismo la disolución de las dos entidades independentistas porque, basándose en la documentación intervenida en los registros policiales y en las declaraciones de los investigadores, considera que han diseñado «una estrategia que se dirige al soporte y al enaltecimiento de acciones violentas, constitutivas de acciones terroristas, y de los autores de las mismas».
El fiscal ha esgrimido que ambos diseños son «complementarios» hasta el punto de conformar una «estructura» en la que cada una tiene un papel concreto: Causa Galiza la organización del Día da Galiza Combatente y Ceivar el apoyo a las personas detenidas, procesadas y condenadas por dichas acciones.
DÍA DA GALIZA COMBATENTE
Respecto al Día da Galiza Combatente, el fiscal ha argumentado que, independientemente de cuál sea el origen histórico de la fecha y de que se cite expresamente a Lola Castro y José Vilar, Causa Galiza transformó esta celebración en un homenaje a estos dos terroristas del Exército Gerrilheiro do Povo Galego Ceive, que fallecieron el 11 de octubre de 1991 al estallar el artefacto explosivo que estaban colocando en una discoteca de Santiago de Compostela, lo que dejó un tercer muerto y más de 50 heridos.
En este sentido, el representante fiscal ha citado el discurso pronunciado por Enrique Torres en uno de estos días de Galiza Combatente, que fue difundido posteriormente por varios acusados a través de Twitter, en el que dijo: «Estamos aquí para recordar a ‘Lola’ y ‘Xosé’, no porque seamos mitómanos (…), sino más como un compromiso presente que como la memoria de nuestra lucha».
Además, para justificar tales acusaciones, el Ministerio Público ha recordado dos sentencias del Tribunal Supremo en las que establece que «cometen ese delito de enaltecimiento del terrorismo las personas que participan en la producción de esos actos (…), no solo el que toma la palabra, (…) sino todos aquellos que de alguna forma han permitido que ese mensaje llegue».
Sobre esto, ha negado que los acusados intervinieran a título personal en dichos actos –tal y como ellos han declarado en el juicio–, afirmando que obedecía a una acción organizada por el conglomerado de Causa Galiza y Ceivar y ha recalcado que, en cualquier caso, sería delito, hablaran o ayudaran con el ‘atrezzo’, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.