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Una mujer que se trasladó de Londres a Galicia con su hijo menor sin avisar al padre acepta 6 meses de prisión

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Una mujer, L.R.G., que se instaló con su hijo menor de edad en el partido judicial de Vigo en 2017 sin informar previamente al padre de este, con el que vivía en Londres, ha aceptado una pena de seis meses de prisión por un delito de desobediencia a la autoridad.

El juicio estaba señalado para este viernes en el Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo, pero el alcance de un acuerdo de conformidad entre las partes ha evitado su celebración.

De este modo, la pena de cárcel permanecerá suspendida durante un periodo de dos años condicionado a que esta mujer no cometa otro acto delictivo, así como a que no se alteren los términos de la custodia del menor establecidos judicialmente por las autoridades de Reino Unido y España.

En concreto, los hechos tuvieron lugar el 25 de febrero de 2017, cuando esta madre, que residía en Londres desde 2014 junto a su marido y el hijo de ambos, abandonó la ciudad junto al menor, que tenía ocho años. Así, esta mujer se instaló con el niño en el partido judicial de Vigo sin haber informado previamente a su padre, quien interpuso una demanda civil de sustracción internacional de menores.

Posteriormente, el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Pontevedra declaró ilícto el traslado y la retención del niño el 27 de noviembre de 2017, además de ordenar que el menor volviese con su padre. Asimismo, la sección tercera de la Audiencia Provincial de Pontevedra confirmó la sentencia en enero de 2018.

En su escrito de acusación, la Fiscalía sostuvo que, pese a tener conocimiento de las resoluciones judiciales que le ordenaban entregar al menor a su padre, esta madre «se negó a hacerlo en reiteradas ocasiones». Finalmente, permitió que el niño volviese con su progenitor el 20 de agosto de 2018 en el marco del procedimiento de sustracción de menores iniciado.

Por estos motivos, el Ministerio Público demandó una pena de tres años y nueve meses de prisión y la inhabilitación especial para ejercer el derecho de patria potestad durante cinco años para la acusada por un delito de sustracción internacional de menores.

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