La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a dos acusados de robar a un hombre, golpearlo y agredirlo sexualmente ante la falta de evidencias, puesto que la «única prueba» contra los procesados fue la declaración de la víctima sin que existan «elementos periféricos» que la respalden.
Así figura en la sentencia, fechada a 15 de junio de 2020 y a la que ha tenido acceso Europa Press, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
En su fallo, los magistrados destacan que no existen elementos que respalden la versión del denunciante, a la que tampoco confieren veracidad pues la exploración física realizada tras la supuesta agresión «no evidencia marcas erosiones propias de los golpes, ni tampoco de la agresión sexual».
El caso se remonta al año 2017 cuando, según la versión del denunciante, éste quedó con los dos acusados –para los que Fiscalía solicitaba penas de hasta 11 años de cárcel por los delitos de robo con violencia y uso de armas, agresión sexual y lesiones– en el barrio de O Couto para comprar dos teléfonos móviles.
Según la versión aportada, los procesados condujeron a la supuesta víctima a la zona de Oira, donde le robaron a punta de navaja y lo obligaron practicarles una felación, además de introducirle un dedo por el ano.
Sin embargo, los jueces consideran que esta versión de los hechos no se sustenta más que por la declaración del denunciante que, pese a ser considerada «persistente» al no incurrir en «variaciones sustanciales en sus declaraciones anteriores», no constituye una prueba de cargo suficiente para condenar a los acusados.
«No detalla la forma en la que se produjeron los hechos, las consecuencias derivadas del mismo, si el acusado terminó el acto sexual, o como se desarrolló la agresión física, pues en ningún momento indica que previamente se hubiese sacado la ropa», señala el tribunal de la Audiencia.
Los magistrados también consideran que, como figura en la versión aportada, resulta «difícil de explicar» que los supuestos agresores «se pongan en contacto con la víctima» luego de «un hecho de tal violencia» con el objetivo de «devolvele la tarjeta SIM del teléfono» y que esta última «acuda» a la cita «sin temor alguno».