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La junta electoral amonesta a Rueda por la comparecencia de presupuestos tras una denuncia del PSdeG

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La junta electoral provincial de A Coruña ha amonestado al presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, por el contenido de su comparecencia junto al conselleiro de Facenda, Miguel Corgos, posterior al Consello extraordinario del viernes 16 de octubre en que se aprobaron los presupuestos.

En un acuerdo fechado el 30 de octubre y al que ha tenido acceso Europa Press, la junta electoral ha estimado parcialmente la denuncia presentada por el PSdeG contra el presidente autonómico, el conselleiro de Facenda y el órgano de Presidencia responsable de la comunicación institucional y del portal web de la Xunta por una posible vulneración del artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

De esta forma, la junta electoral ha considerado que la rueda de prensa tuvo lugar una vez iniciado el periodo electoral y que el hecho de que la presentación de los presupuestos se realizase dentro del calendario previsto no exime a la Administración autonómica del cumplimiento del deber de neutralidad institucional.

En concreto, ha indicado que algunas de las manifestaciones realizadas durante el acto no se limitaron a informar sobre el contenido del proyecto presupuestario, sino que incorporaron valoraciones sobre la actuación del Ejecutivo gallego y referencias a logros de la acción de gobierno.

Por ello, requiere a la Xunta que retire de su página web oficial y de los demás canales institucionales las manifestaciones denunciadas, en caso de que continúen publicadas, al considerarlas contrarias al deber de neutralidad institucional.

No obstante, el acuerdo permite mantener la información relativa a la exposición del proyecto de ley de presupuestos de Galicia para 2027, siempre que se excluyan las interpretaciones examinadas por la Junta Electoral.

Asimismo, el organismo requiere a la Administración autonómica que, durante el periodo electoral, observe el deber de neutralidad política exigible a los poderes públicos y se abstenga de realizar manifestaciones contrarias al artículo 50.2 de la LOREG en actos institucionales.

La junta electoral en su resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, estima parcialmente la denuncia de los socialistas gallegos y remarca que no procede incoar un expediente sancionador.

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