El PP, Vox, Junts, PNV, Coalición Canaria y UPN han juntado sus votos este viernes en el Congreso para rechazar el decreto ley aprobado por el Gobierno para renovar automáticamente los contratos de alquiler y que obligaba al propietario a indemnizar al inquilino con doce mensualidades si decidía romper el contrato.
Con ese resultado, este segundo decreto ley de Vivienda, impulsado por Sumar a instancias del Sindicato de Inquilinas, ha quedado derogado tras haber estado en vigor apenas unas pocas horas, las transcurridas desde su entrada en vigor a las cero horas de este viernes.
Todas las formaciones que han decidido votar en contra ya lo avanzaron antes de las votaciones. De hecho, el ministro de Derechos Sociales y Consumo, Pablo Bustinduy, ha aprovechado su intervención de defensa del decreto para cargar contra PP, Vox y Junts por su ‘no’ al decreto, y ha acusado a estas formaciones de «traicionar al pueblo» para servir al «rentismo».
BUSTINDUY, A PP, VOX Y JUNTS: «VENDEPATRIAS»
«Ustedes defienden a los ricos, no tienen bandera ni vergüenza», ha acusado el ministro, y ha llegado a calificar de «vendepatrias» a quienes, según ha señalado, anteponen los intereses de grandes multinacionales a los de los ciudadanos.
Cuando han terminado los debates de este y del otro decreto ley de vivienda, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha querido subir a tribuna para avisar a aquellos grupos parlamentarios que voten en contra de los decretos: «La historia les juzgará antes de lo que creen y con más contundencia de lo que imaginan».
A instancias de PSOE y Sumar, la votación ha sido pública y por llamamiento, con lo que cada diputado se ha ido poniendo en pie desde su escaño para decir su voto a viva voz.
Al final, y tal como ya habían avanzado las diferentes formaciones, el resultado ha sido de 166 votos a favor de PSOE, Sumar, ERC, Bildu, Podemos, BNG y Compromís, frente a 184 del PP, Vox, Junts, PNV, Coalición Canaria y UPN. «En consecuencia, queda derogado el decreto ley –ha zanjado la presidenta del Congreso, la socialista, Francina Armengol–. Se levanta la sesión».
PRÓRROGAS DE CINCO AÑOS E INDEMNIZACIÓN DE 12 MESES
El decreto ley establecía que una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración del contrato, o siete si el arrendador fuese una persona jurídica, el alquiler se prorrogaría obligatoriamente por plazos sucesivos de cinco años, o siete en el caso de los arrendadores personas jurídicas.
La ley fijaba que si el propietario decidía no continuar con el alquiler, debería indemnizar al arrendatario con una cantidad equivalente, como mínimo, a doce mensualidades de la renta de una vivienda de características similares.
Esta indemnización no se aplicaba en determinados supuestos, entre ellos cuando el propietario, siendo persona física, necesitara la vivienda para sí o para familiares de segundo grado, cuando el inquilino no hubiese habitado la vivienda durante más de seis meses en los doce anteriores a la notificación o cuando dispusiese de otra vivienda apta en el mismo municipio.
Tampoco procedía si las partes suscribían un nuevo contrato o si el arrendatario rechazaba una oferta fehaciente de nuevo contrato que cumpliera las condiciones establecidas en la norma.
El decreto mantenía además las prórrogas extraordinarias para los casos de vulnerabilidad social y económica y para las viviendas situadas en zonas de mercado residencial tensionado. La primera podría alcanzar un año y la segunda, tres años, y esta última tendría carácter preferente frente a otras prórrogas extraordinarias previstas por ley.

