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10N.- Los consulados y oficinas habilitadas para el voto en urna deberán abrir de nuevo el sábado y el domingo

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Los consulados y oficinas consulares habilitadas para el voto en urna en las elecciones generales de este 10 de noviembre deberán abrir de nuevo el sábado y el domingo, según una resolución de la presidencia de la junta electoral central de este miércoles.

Al respecto, el BNG solicitó la apertura de un plazo extraordinario para el depósito del voto en las oficinas consulares por los electores residentes en el exterior.

La resolución de la junta electoral se toma «visto el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares» y «teniendo en cuenta las dificultades que se han planteado respecto a la tramitación de este voto en anteriores procesos electorales», con la finalidad de facilitar «al máximo» el ejercicio del derecho de sufragio de los ciudadanos que residen fuera de España.

Así las cosas, concluido el plazo del depósito del voto en urna en los consulados este viernes 8, deberán abrir de nuevo el sábado 9 y el domingo 10 «a efectos de recibir tanto los votos por correo remitidos hasta ese momento, como aquellos otros que puedan presentar los electores dentro de este plazo extraordinario».

«Dicha apertura no podrá extenderse más allá de la hora prevista para el cierre de los colegios electorales en la península, esto es, a las 20 horas del domingo 10 de noviembre», apunta la resolución.

ESCRUTINIO EL MIÉRCOLES 13

Por su parte, la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares deberá tomar «todas las medidas necesarias» para procurar que los sobres con los votos de los electores puedan estar a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos antes de las 16 horas del martes 12 de noviembre, de manera que ésta pueda realizar la entrega a las respectivas juntas electorales provinciales antes de las 8 de la mañana del miércoles 13 de noviembre, para su escrutinio.

Por último, las juntas electorales provinciales, en el momento de proceder al escrutinio del voto de los electores inscritos en el CERA, deberán considerar como válidos los votos por correo dirigidos a las oficinas consulares en los que conste su envío no más tarde del sábado 9 de noviembre.

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