InicioPOLÍTICALos trabajadores por cuenta ajena cuyo horario coincida con el de las...

Los trabajadores por cuenta ajena cuyo horario coincida con el de las mesas tendrán permisos para ir a votar

Publicada el


El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este viernes la regulación de los permisos que tendrán las personas trabajadoras por cuenta ajena en las elecciones convocadas para el próximo 18 de febrero para poder ejercer su derecho al voto.

En concreto, la Consellería de Promoción de Emprego e Igualdade sostiene que los empleados con un horario de trabajo que coincida en dos o más horas, y menos de cuatro, con el período de apertura de las mesas electorales disfrutarán de un permiso retribuido de dos horas.

Asimismo, aquellos que coincida en cuatro o más horas, y menos de seis, dispondrán de tres horas. Este permiso se ampliará a cuatro cuando la coincidencia sea de seis o más horas.

Los trabajadores por cuenta ajena a los que no le coincida el horario de trabajo con el de apertura de mesas electorales o lo haga en un período inferior a dos horas, no tendrán derecho a permiso retribuido.

Además, le corresponde al empresario o empresaria la distribución, conforme a la organización del trabajo, del período en que las personas trabajadoras dispondrán de permiso para acudir a votar.

En el supuesto en el que los trabajadores por cuenta ajena hayan previsto no estar en la fecha de la votación en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho al voto, o que no puedan ejercer el sufragio el día de las elecciones, tendrán en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para que puedan formular personalmente la solicitud del certificado de inscripción en el censo, así como para efectuar la remisión del voto por correo.

INTEGRANTES DE LAS MESAS ELECTORALES

Los trabajadores por cuenta ajena nombrados para las mesas electorales y los que acrediten su condición de interventores dispondrán, durante el día de la votación, de un permiso retribuido de jornada completa, si no disfrutan en tal fecha de descanso semanal, y tendrán derecho, en todo caso, a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.

Del mismo modo, si estas personas tienen que trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, la empresa le cambiará el turno para que pueda descansar esa noche.

En cuanto a los apoderados, los empleados que acrediten esta condición tienen derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal.

últimas noticias

Un acertante de O Pino (A Coruña) se lleva un premio de un millón de euros del sorteo de Euromillones

El sorteo del Euromillones celebrado este martes, 19 de mayo, ha dejado un premio...

La familia Peleteiro vende el colegio compostelano al grupo Globeducate

Tras siete décadas de trayectoria, el Colegio Peleteiro, ubicado en Santiago de Compostela, deja...

El tardeo se consolida en los locales de ocio y hostelería y supone ya el 26,5% de la facturación

El 58,8% de los locales de ocio y hostelería en España afirma que apuesta...

Sucesos.- Dos personas atracan a punta de pistola un banco en Pazos de Borbén (Pontevedra) y se dan a la fuga

La Guardia Civil busca a dos personas que atracaron esgrimiendo un cuchillo y un...

MÁS NOTICIAS

Prado (PPdeG), sobre la imputación de Zapatero: «Urge que los ciudadanos hablen y decidan el futuro de España»

La secretaria general del PPdeG, Paula Prado, ha reclamado al Gobierno que permita que...

Pleno.- El BNG propone una declaración institucional de condena a la interceptación de Israel a la flotilla a Gaza

El Grupo Parlamentario del BNG ha propuesto a los demás grupos de la Cámara...

Pleno.-El PSdeG insta a la Xunta a «cambiar el modelo» en Atención Primaria y el PP afirma: «Nunca hubo tantos recursos»

El portavoz de Sanidad del PSdeG, Julio Torrado, ha acusado a la Xunta de...