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El TSXG inadmite el recurso de Celanova Decide contra los resultados del 28M porque no agotó la vía administrativa

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso interpuesto por la agrupación electoral Celanova Decide, por el que pedía la subsanación de la comunicación telemática de los resultados electorales del pasado 28 de mayo.

El motivo de que el alto tribunal gallego haya declarado la inadmisibilidad del contencioso electoral presentado por el partido que lidera el regidor municipal en funciones, Antonio Puga, se debe a que acudieron a los tribunales antes de haber agotado la vía administrativa.

Así lo explica la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que señala que, «en un supuesto como el de autos en el que la candidatura recurrente postula la reasignación de los votos atribuidos por error a otra candidatura en el escrutinio general, consecuencia de lo cual ha resultado la asignación de un electo menos, es en rigor indisponible el agotamiento de la impugnación frente a dicho escrutinio» para «solo en caso de no obtener respuestas satisfactoria en vía administrativa, y una vez producida la proclamación de electos, discutir la resolución de la Junta Electoral Central en la vía jurisdiccional».

Y es que Celanova Decide había llevado directamente a los tribunales el acta de proclamación de electos que transmitió la Junta Electoral de Zona de Ourense al Ayuntamiento de Celanova tras las elecciones municipales celebradas del pasado 28 de mayo.

El candidato de la formación explicaba que se debió a un «error» en la transmisión telemática de los resultados de la mesa de Acevedo do Río la noche de los comicios electorales, puesto que se intercambiaron las cifras de los votos recibidas entre su formación y el PSdeG-PSOE, por lo que no se corresponde con el escrutinio del acta firmada en la mesa.

El regidor municipal en funciones señalaba que la incidencia se conoció esa misma noche y que al día siguiente tanto él como la secretaria del Ayuntamiento lo trasladaron a la Junta Electoral, porque el recuento afecta al reparto de ediles. En el escrutinio salían cinco concejales para el Partido Popular, otros cinco para Celanova Decide, uno para el BNG y dos para el PSOE.

Sin embargo, a causa del «error» en esa mesa, los resultados le atribuyen seis al PP frente a cuatro de Celanova Decide, lo que permitiría gobernar en minoría si el Bloque no decidiese apoyar un pacto con Celanova Decide y el PSOE, que ya se han entendido a lo largo de estos últimos cuatro años.

Con esta decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, Celanova Decide tiene la opción de presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en un plazo de tres días y el órgano judicial español tendría entonces 15 días para resolver el recurso.

«ABIERTAS TODAS LAS VÍAS»

Por el momento, desde Celanova Decide contemplan el recurso de amparo ante el Constitucional, pero a la vez que esperan la resolución de un recurso de alzada que han presentado en la Junta Electoral Central, que se encuentra tramitándose, y también esperan la resolución de la Junta Electoral de Ourense sobre la rectificación que ha sido pedida este mismo viernes.

«En el caso de desestimarse la rectificación de ese error, llevaremos a cabo todas las actuaciones a nuestro alcance para confirmar o no el cumplimiento de todos los requisitos legales establecidos en el acta de escrutinio», asegura Antonio Puga, que fija el foco de «manera muy principal» en la apertura de sobres y la comprobación de los datos en ellos, con respecto a cada uno de los escrutinios de las mesas electorales.

«No digo que no se haya hecho, simplemente que trataremos de confirmar si realmente esa actuación se llevó a cabo», ha manifestado el regidor en funciones, que explica que, en caso de que no se si hubiese cumplido y no se rectifique el error cometido, se encontrarían ante «una posible nulidad que también intentaríamos que se declarase así, por lo que tenemos todas las vías abiertas».

Así, Puga recalca que la sentencia del TSXG no desestima el recurso, sino que no lo admite porque considera que no está agotada la vía administrativa, por ello ahora está en trámite pese a que afea que inicialmente no pudieron continuarla «por una resolución de la propia Junta Electoral de Zona de Ourense».

«Empieza a haber una serie de actos y de decisiones que parecen encaminados a que no se respete la voluntad expresada libremente en las urnas, que es la que reflejan las actas de las mesas del Ayuntamiento de Celanova», lamenta Puga.

Así las cosas, el Pleno de constitución del Ayuntamiento de Celanova sigue previsto para el próximo 7 de julio, afectando a la constitución de la Corporación de la Diputación Provincial que debe esperar a la conformación de este ayuntamiento. Afecta al partido judicial de Ourense, el que reparte 15 de los 25 diputados del pleno.

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