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Consello.- Un decreto de la Xunta regulará los entierros sin féretros y se reduce a 12 horas el tiempo mínimo de espera

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El Consello de la Xunta ha evaluado este viernes el borrador de decreto sobre sanidad mortuoria de la Comunidad gallega, que ha acordado enviar al Consello Consultivo de Galicia para que haga el examen de esta normativa y dictamine sobre una normativa que, entre otras cuestiones, pretende garantizar los entierros por otros ritos religiosos como el musulmán y que permitan, con seguridad sanitaria, inhumaciones sin féretro en función de la confesión que así lo rige.

Una vez aprobada la normativa, se sustituirá el decreto 151/ 2014, que es el que regulaba hasta ahora la sanidad mortuoria en Galicia y la creación del censo de empresa y establecimientos funerarios en la Comunidad gallega.

Tras estos años de vigencia de la normativa anterior, su aplicación ha puesto de manifiesto la «conveniencia» de abordar la modificación de la regulación de ciertos aspectos que, reconoce la Xunta, la realidad diaria, la experiencia práctica y la evolución del sector pusieron de manifiesto.

A ello se suma que el 4 de abril de 2017, el Parlamento aprobó una proposición no de ley en la que se instaba ala Xunta a modificar el decreto vigente para regular aquellos entierros que, por motivos confesionales, se tengan que hacer en contacto con la tierra.

EXIMIR DE FÉRETRO

Así las cosas, la nueva regulación a estudio del Consultivo recoge la posibilidad de eximir del uso de féretro para entierros en aquellos casos en que, por razones de confesionalidad, así se demande y tras conformidad con el titular del cementerio en que se vaya a inhumar.

Esta modificación facilitará entierros por los ritos musulmán y judío en territorio gallego, tal y como ha destacado el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, y como se ha informado a los representantes de estas comunidades religiosas.

Así, la nueva regulación tiene por objeto también reducir el control administrativo preexistente para sustituirlo por una intervención más limitada, centrada en aquellos aspectos exclusivamente sanitarios derivados de la actividad funeraria, manteniendo en todo caso un alto nivel de protección de la salud.

También se hace un reconocimiento competencial expreso a las administraciones locales, como proveedoras de los servicios públicos a la población entre los que se incluyen los cementerios y las actividades funerarias.

Adicionalmente, la Comisión de Salud Pública constituida en el Sistema Nacional de Salud acordó la creación de un grupo de trabajo formado por representantes de las comunidades autónomas y coordinado por el Ministerio de Sanidad para la elaboración de una guía de consenso de la sanidad mortuoria. En consecuencia, este nuevo decreto incorpora gran parte de las determinaciones de la guía consensuada.

TIEMPOS MÍNIMOS

Además, se modificarán los tiempos mínimos exigidos desde el fallecimiento para poder realizar prácticas sanitarias sobre el cadáver, así como la reducción a 12 horas del plazo mínimo para poder dar el destino final a un cadáver, siempre que se disponga con la licencia de enterramiento.

El borrador de decreto incorpora, además, un capítulo relativo al procedimiento de regularización de cementerios preexistentes, que en la regulación anterior se recogía como un procedimiento extraordinario y que pasa a ser una vía permanente y necesaria para facilitar la legalización de numerosos cementerios que en la actualidad no cumplen con los trámites administrativos exigidos por la normativa.

También se modifica el procedimiento para el enterramiento en lugares especiales, eliminando la autorización sanitaria para aquellos existentes y, en el caso de nueva construcción, se les atribuye a los ayuntamientos la competencia necesaria para la concesión de las oportunas licencias.

CREMATORIOS

Otro aspecto del decreto es la regulación de los crematorios, como ha destacado el presidente en la rueda de prensa. Su instalación se prevé preferentemente en suelos de uso industrial, en un edificio independiente y exclusivo para servicios funerarios y actividades complementarias.

Se establece una distancia de 200 metros contados desde el foco de la emisión que constituye la chimenea del crematorio en la que no podrá haber zonas residenciales de la tercera edad, centros sanitarios, centros educativos, parques infantiles, instalaciones deportivos u otros similares.

Finalmente, se introduce por primera vez un censo de empresas y establecimientos funerarios de Galicia, en que se inscribirán mediante declaración responsable las empresas del sector, tanatorios, velatorios y crematorios con razón social en la Comunidad.

CENTRO DE SALUD DE NOIA

En otro orden de cosas, el Ejecutivo autonómico ha autorizado este viernes la aceptación de la cesión del terreno para la construcción de un nuevo centro de salud en Noia. Allí, la Xunta edificará un nuevo centro con casi 4.200 metros cuadrados.

También en la reunión semanal, en este caso en viernes por el festivo del jueves en Santiago con motivo de las fiestas de la Ascensión, el Consello aprobó el convenio de colaboración entre el Sergas, la Axencia Galega de Xestión do Coñecemento en Saúde (ACIS) y el Parque Tecnolóxico de Galicia para la realización de actividades docentes y de investigación en el Centro de Tecnoloxías Cirúrxicas Minimamente Invasivas (Tecmeva), al que el Gobierno gallego destinará 30.000 euros en 2023 y 2024.

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