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La derogación del voto rogado inicia este martes su andadura en el Congreso

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El Pleno del Congreso tiene previsto iniciar este martes la tramitación de la reforma impulsada por el PSOE y Unidas Podemos para derogar el voto rogado que desde 2011 se exige a los españoles residentes en el extranjero y que ha supuesto un desplome en la participación de los emigrados en las elecciones generales y autonómicas.

Se trata de una reforma pendiente desde años y que fue uno de los asuntos que el presidente Pedro Sánchez abordó con el líder del PP, Pablo Casado, en su conversación telefónica de esta semana. La toma en consideración está garantizada, pero la negociación se dará en los detalles del articulado.

Los dos grupos que apoyan al Gobierno registraron su proposición de ley el pasado 4 de febrero y el Ejecutivo dio el plácet a su tramitación a través de un escrito fechado apenas una semana después, es decir, sin agotar el plazo de un mes que tiene para pronunciarse sobre las iniciativas legislativas de los grupos.

En su iniciativa, recogida por Europa Press, los socios de la coalición detallan que la combinación del voto rogado y de los plazos previstos en la normativa electoral se ha traducido en una «reducción muy significativa» en los niveles de participación de los electores residentes en el extranjero. En el caso de las elecciones generales celebradas en 2011, 2015, 2016 y 2019, menos del 10 por ciento de los electores solicitaron o rogaron el voto.

Para corregir esta situación, Unidas Podemos y PSOE plasmaron en el acuerdo de gobierno derogar el voto rogado y eliminar las trabas administrativas «inaceptables» que se establecieron en la ley electoral para los «compatriotas migrantes», de cara a poder garantizar un ejercicio «mucho más digno» a este colectivo.

DESCARGAR LA PAPELETA

El texto plantea que la descarga telemática de la papeleta permitirá adelantar los plazos de envío de la documentación electoral, facilitando así su recepción en plazo. También pauta ampliar de tres a siete días de los plazos para el depósito del voto en urna y mantiene la posibilidad de enviar el voto por correo postal a la Oficina Consular correspondiente en caso de que el elector no pueda acudir a votar en la dependencia habilitada.

Además, se amplía el plazo para la apertura de los votos emitidos desde el extranjero de tres a cinco días, retrasando en el mismo intervalo el plazo del escrutinio general, algo «imprescindible» si se quiere que «el esfuerzo de participación democrática de los conciudadanos en el extranjero sea tomado en consideración».

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